Busqueda por Dispocion Ej: 01/53 - Fecha: 1990-02-03

 

RESOLUCION RG DNIT N° 9/24

POR LA CUAL SE DISPONE LA IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CERTIFICACIÓN OPERADOR ECONÓMICO AUTORIZADO.

Asunción, 13 de mayo de 2024

VISTO: La Ley N° 2422/2004 «Código Aduanero»;

La Ley N° 5564/2016 «Que aprueba el Protocolo de Enmienda del Acuerdo de Marrakech, por el que se establece la Organización Mundial del Comercio»;

La Ley N° 7143/2023 «Que crea la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios»;

El Decreto N° 4672/2005 «Por el cual se reglamenta la Ley N° 2422/2004 "Código Aduanero", y se establece la estructura organizacional de la Dirección Nacional de Aduanas»; y sus modificaciones;

El Decreto N° 82/2023 «Por el cual se establece la vigencia de la Ley N° 7143/2023, "Que crea la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios" y las disposiciones transitorias para su efectiva implementación»;

La Resolución DNA N° 94/2018 «Por la cual se establece el programa del "Operador Económico Autorizado" OEA en la República del Paraguay y administrado por la Dirección Nacional de Aduanas, para la certificación de operadores que cumplan requisitos en materia de seguridad en sus operaciones en la cadena logística internacional»;

La Resolución DNA N° 146/2020 «Por la cual se modifican los anexos de la Resolución N° 94/18 de fecha 20 de septiembre de 2018 "Por la cual se establece el programa del 'Operador Económico Autorizado' OEA en la República del Paraguay y administrado por la Dirección Nacional de Aduanas, para la certificación de operadores que cumplan requisitos en materia de seguridad en sus operaciones en la cadena logística internacional" y se incorporan los Anexos VII Condiciones y Requisitos para los Despachantes de Aduanas y VIII Cuestionario de Autoevaluación para Despachantes de Aduanas"»;

La Resolución DNA N° 1252/2020 «Por la cual se aprueba las normativas que contienen las condiciones, requisitos y beneficios para la certificación Operador Económico Autorizado a los Agentes de Transporte, Agentes de Cargas, Terminales Portuarias y Aeroportuarias, Empresa Nacional de Transporte y Empresa de Remesa Expresa, y se modifica parcialmente el Anexo I y II de la Resolución N° 146 de fecha 14 de febrero de 2020»;

El Memorándum de Entendimiento entre la Alianza Global para la facilitación del comercio ("GATF"), KGH Customs Services ("KGH") y la Dirección Nacional de Aduanas de la República del Paraguay, suscripto el 27 de julio de 2023;

El Acuerdo de Donación entre el Center For International Private Enterprise y Dirección Nacional de Aduanas de la República del Paraguay, suscripto el 24 de julio de 2023.

El Marco Normativo SAFE de la Organización Mundial de Aduanas (OMA) para asegurar y facilitar el comercio global; y,

CONSIDERANDO: Que el Programa de Certificación «Operador Económico Autorizado (OEA)», así denominado por el Marco Normativo SAFE, busca establecer estándares internacionales de cumplimiento de las mejores prácticas de transparencia y seguridad e incentivar a los operadores que las implementen.

Que el Marco Normativo SAFE, versión 2021, de la Organización Mundial de Aduanas es un instrumento cuyo objetivo es mejorar el comercio mundial, garantizar la seguridad contra el terrorismo e incrementar el aporte de las Aduanas y de los socios comerciales para lograr el bienestar económico y social de las naciones. Además, mejorar la capacidad de las Aduanas para detectar y controlar envíos de alto riesgo e incrementar la circulación de mercaderías, acelerando de ese modo la entrega de estas. De esta manera, la adopción del Marco Normativo SAFE traerá beneficios para los países/gobiernos, las Administraciones Aduaneras y la comunidad comercial.

Que el OEA es establecido por la Dirección Nacional de Aduanas de la República del Paraguay por medio de la Resolución N° 94/2018, la Resolución DNA N° 146/2020 y la Resolución DNA N° 1252/2020, como un programa de carácter voluntario y gratuito, fundamentado en los principios de confianza, transparencia y cooperación, orientado a garantizar la seguridad de la cadena logística del comercio internacional.

Que de conformidad con lo dispuesto en el Anexo I de la Resolución N° 146/2020 y el Anexo II de la Resolución DNA N° 1252/2020, la Administración Aduanera, por medio de la Coordinación OEA, atenderá la solicitud presentada por el Operador y realizará la comprobación del cumplimiento de los requisitos requeridos para la Certificación como OEA en Paraguay.

Que se ha suscripto un Memorando de Entendimiento con la Alianza Global para la Facilitación del Comercio y KGH Customs Services, a través del cual se acepta la licencia del Sistema OEA como una donación de la Alianza y del Center for International Private Enterprise (CIPE) para su implementación en el marco del proyecto de desarrollo internacional para apoyar la implementación de un acuerdo regional para el reconocimiento mutuo de los programas de OEA.

Que se ha suscripto el Acuerdo de Donación con el CIPE a través del cual se acepta la donación del Sistema OEA con licencia perpetua para su implementación bajo los términos y condiciones establecidos en dicho documento.

Que la implementación del «Sistema de Gestión de la Certificación Operador Económico Autorizado», conforme con los requisitos del Marco Normativo SAFE, mejorará la seguridad y la facilitación del comercio internacional.

Que el artículo 8°, numeral 1, de la Ley N° 2422/2004 dispone que la Administración Aduanera, en este caso la Gerencia General de Aduanas, debe adoptar procedimientos y mecanismos que simplifiquen el cumplimiento de sus obligaciones con los distintos actores involucrados en actividades de comercio exterior, incluyendo la utilización extendida de tecnologías de información, automatización y comunicaciones para el intercambio electrónico de información.

Que conforme al artículo 23 de la Ley N° 7143/2023, son potestades de la Gerencia General de Aduanas según lo establecen los artículos 5° y 6° de la Ley N° 2422/2004 «Código Aduanero» y el a artículo 6° del Anexo al Anexo al Decreto N° 4672/2005, la supervisión, el control y la aplicación de la legislación que regula la materia aduanera.

Que la Ley N° 7143/2023 es la norma marco en la cual se establecen las facultades y funciones de la Gerencia General de Aduanas, en miras al desarrollo de sus actividades y el cumplimiento de sus fines.

Que conforme al Dictamen DEINT/PN N° 11 del 6 de mayo de 2024, se encuentran reunidos los fundamentos que ameritan la suscripción del presente acto administrativo.

POR TANTO,

EL DIRECTOR NACIONAL DE INGRESOS TRIBUTARIOS

R E S U E L V E:

Artículo 1°.- Disponer la implementación del «Sistema de Gestión de la Certificación Operador Económico Autorizado», desarrollado por la empresa A.P Moller Maersk y donado por parte del Center for International Private Enterprise (CIPE), el cual deberá ser implementado conforme a los términos establecidos en el Acuerdo de Donación firmado con el CIPE.

Artículo 2°.- Encomendar a la Dirección General de Tecnologías de la Información y Comunicación de la DNIT, la instalación del Software, así como el despliegue de versiones y mantenimiento de la infraestructura de servidores, base de datos y redes para su utilización permitiendo la gestión del proceso de certificación, seguimiento y recertificación Operador Económico Autorizado.

El mantenimiento del software se realizará conforme a los términos establecidos en el Acuerdo de Donación mencionado en el artículo 1° de esta Resolución.

Artículo 3°.- El «Sistema de Gestión de la Certificación Operador Económico Autorizado» estará disponible para su uso a partir del 16 de mayo de 2024.

Artículo 4°.- Aprobar como anexo de la presente Resolución el «Manual de Uso del Sistema OEA», el cual estará disponible en la página web institucional: https://sgcoea.aduana.gov.py/CAM-GOV-portal/.

Artículo 5°.- Comunicar a quienes corresponda y cumplido, archivar.

Fdo.: ÓSCAR ALCIDES ORUÉ ORTIZ DIRECTOR NACIONAL
DIRECCIÓN NACIONAL DE INGRESOS TRIBUTARIOS

(mc)