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RESOLUCION N° 344/21

POR LA QUE SE ESTABLECE LISTADO DE POSICIONES ARANCELARIAS DE VACUNAS, MEDICAMENTOS E INSUMOS PARA EL ABORDAJE Y TRATAMIENTO CONTRA EL CORONAVIRUS O COVID-19, REFERIDOS EN EL ANEXO DEL DECRETO N° 5075/21.

Asunción, 06 de abril de 2021

VISTO: El Decreto del Poder Ejecutivo N° 34 de fecha 15 de agosto de 2018, ‘"Por el cual se nombra al Sr. Julio Manuel Fernández Frutos como Director Nacional de Aduanas”; La Ley N° 2.422/2004 “Código Aduanero”; Decreto N° 4672/05 “Que reglamenta la Ley N° 2.422/2004 "Código Aduanero"; Decreto N° 5075/21 “Por el cual se dispone un Régimen Especial en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) para la importación y enajenación en el mercado local de las vacunas, medicamentos e insumos para el abordaje y tratamiento del corona virus o covid-19”.

CONSIDERANDO: Que, el artículo 68 de la Constitución establece que el Estado “protegerá y promoverá la salud como derecho fundamental de la persona y en interés de la comunidad. Nadie será privado de asistencia pública para prevenir o tratar enfermedades, pestes o plagas, y de socorro en los casos de catástrofes y accidentes. Toda persona está obligada a someterse a las medidas sanitarias que establezca la Ley, dentro del respeto a la dignidad humana”;

Que, ante la coyuntura económica y sanitaria por la que atraviesa el país es necesario establecer medidas impositivas sobre aquellos productos que permiten disminuir los riesgos de propagación del virus en el país, por lo que resulta pertinente establecer un régimen especial del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para la importación y enajenación en el mercado local de las vacunas contra el Coronavirus o COVID-19, así como de los medicamentos e insumos utilizados para el abordaje y tratamiento de dicha enfermedad.

Que, ante tal situación, la Dirección Nacional de Aduanas, debe garantizar el flujo normal del comercio internacional a efectos de evitar el desabastecimiento de mercaderías de consumo nacional que impacten de manera negativa en la población, principalmente de insumos médicos, alimentos y elementos de seguridad para responder ante esta emergencia sanitaria.

Que, la Dirección Nacional de Aduanas en providencia N° 910/2021 en el Expediente DNA N° 21000030053N, remite a la Dirección de Tecnología de la Información y Comunicación - SOFIA, para su atención.

POR TANTO; En mérito a las disposiciones legales mencionadas, a las consideraciones expuestas y en uso de sus atribuciones;

EL DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS

R E S U E L V E:

Art. 1°.- Establecer el listado de posiciones arancelarias referidas en el Anexo del Decreto N° 5075/21 de I. Medicamentos y II. Insumos. que forma parte de la presente Resolución como Anexo.

Art. 2°.- Autorizar a la Dirección de Tecnología de la información y Comunicación - SOFIA y a la Dirección de Procedimientos Aduaneros, a tomar todos los recaudos pertinentes, a fin de aplicar lo dispuesto en la presénte Resolución y el Decreto de referencia.

Art. 3°.- Comunicar a quienes corresponda y cumplido archivar.

Econ. Julio Fernandez F.

Director