Busqueda por Dispocion Ej: 01/53 - Fecha: 1990-02-03

 

CIRCULAR Nº 1/08

A LA DIRECCIÓN DE PROCEDIMIENTOS ADUANEROS, A LAS ADMINISTRACIONES DE ADUANA DEL PAIS, Y A LOS DEPARTAMENTOS DE VALORACIÓN Y VISTURÍA.

La Dirección Nacional de Aduanas le comunica que, a efectos de mejorar los sistemas de control y perfeccionar la base imponible de las mercaderías importadas, cuando los funcionarios de las oficinas de valoración de las distintas administraciones de aduana del país requieran verificar físicamente las mercaderías declaradas en un despacho determinado y cuya declaración de valor es objeto de verificación, podrán constituirse para tal efecto en los depósitos, medios de transporte o lugar de almacenamiento de las mismas, a fin de observar sus características físicas y/o técnicas que permitan la correcta determinación del valor en Aduana. La referida tarea no deberá interferir en el normal desarrollo de las verificaciones que son realizadas por las oficinas de visturía.

Asunción, 4 de Enero de 2008

MARGARITA DIAZ DE VIVAR

Directora Nacional de Aduanas