Busqueda por Dispocion Ej: 01/53 - Fecha: 1990-02-03

 

CIRCULAR Nº 2/08

A LAS DIRECCIONES DE ÁREAS, A LAS ADMINISTRACIONES DE ADUANA DE LA REPÚBLICA Y A LOS AGENTES DEL COMERCIO EXTERIOR.

La Dirección Nacional de Aduanas, les comunica que a partir del lunes 14 de Enero de 2008, los pagos de canon informático por registración de manifiestos (fluviales, terrestres y aéreos), serán realizados a través de depósitos efectuados en las cuentas del Centro de Despachantes de Aduanas del Paraguay, habilitadas en los Bancos Interconectados al Sistema Informático SOFÍA de la Dirección Nacional de Aduanas.

En cuanto se refiere al pago del I.N.D.I. correspondiente a los manifiestos, los mismos se regirán por la Circular Nº 124/07, debiéndose observar cuanto sigue:

Las liquidaciones serán realizadas por las Oficinas de Registro.

2) La dupla importadora/Despachante es equivalente para estos casos al Agente de Transporte o la Empresa de Transporte.

La Administración del Sistema Informático SOFÍA deberá adecuar los aplicativos informáticos para el cobro electrónico del I.N.D.I. por manifiestos, partir del 1 de febrero del presente año.

Asunción 10 de Enero de 2008

MARGARITA DIAZ DE VIVAR

Dirección Nacional de Aduanas