
POR LA QUE SE HABILITA Y SE DISPONE LA PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DEL ESCANER DE RAYOS X DESTINADO PARA LA INSPECCIÓN NO INTRUSIVA DE EQUIPAJES DE VIAJEROS, EN LAS OPERACIONES DE DESEMBARQUE EN LA ADMINISTRACIÓN DE ADUANA DEL AEROPUERTO INTERNACIONAL GUARANI
Asunción, 15 de febrero de 2008
VISTO: La Ley Nº 2.422/04, Código Aduanero y el Decreto Nº 10.754/00 POR EL CUAL SE ADOPTA EL REGLAMENTO NACIONAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA LAS RADIACIONES IONIZANTES Y PARA LA SEGURIDAD DE LAS FUENTES DE RADIACIÓN COMO INSTRUMENTO UNICO QUE PERMITA NORMALIZAR, NOTIFICAR, REGISTRAR, LICENCIAR, INSPECCIONAR, AUTORIZAR, CONTROLAR Y SANCIONAR A PERSONAS FISICAS O JURIDICAS QUE UTILIZAN EQUIPOS DE ENERGÍA IONIZANTE Y/O FUENTES RADIOACTIVAS, y;
CONSIDERANDO: Que es facultad de la Dirección Nacional de Aduanas reglamentar, controlar y fiscalizar la entrada, permanencia, circulación y salida de las personas, medios de transporte, unidades de cargas y mercaderías en Zonas Primarias y en otras áreas autorizadas para realizar operaciones aduaneras.
Que resulta evidente la importancia que reviste la correcta inspección de los equipajes de los viajeros que arriban a nuestro país, de tal forma a facilitar, agilizar y determinar la clase de mercaderías que son transportadas para la aplicación adecuada de las disposiciones legales correspondientes, y en cuyo menester adquiere una particular relevancia la utilización del escáner de rayos x, fruto de la moderna tecnología de positiva aplicación en otras aduanas del mundo, lo cual permite a la nuestra ajustarse a las recomendaciones contenidas en el punto 1, 3, que se refiere a los Cuatro Elementos Básicos del Marco Normativo de la O.M.A.
Que en virtud a lo dispuesto en el Decreto Nº 10.754/00, se ha gestionado y obtenido la autorización de Registro de Posesión y Uso de Fuente de Radiación Ionizante Tipo III, expedido por la Comisión Nacional de Energía Atómica.
POR TANTO: En mérito a las disposiciones legales mencionadas, a las consideraciones expuestas y en uso de sus atribuciones.
LA DIRECTORA NACIONAL DE ADUANAS
R E S U E L V E:
Art. 1º.- Habilitar y disponer la puesta en funcionamiento del Escáner de Rayos X destinado para la inspección no intrusiva de equipajes de viajeros, en las operaciones de desembarque en la Administración de Aduana del Aeropuerto Internacional Guarani
Art. 2º.- La inspección no intrusiva conforme a lo dispuesto en el Art. anterior será realizada en forma aleatoria, con la observancia de lo dispuesto en el Art. 3º de la Resolución D.N.A. Nº 68 del 11 de febrero de 2008.
Art. 3º.- La presente Resolución entrará a regir a partir del 18 de febrero de 2008.
Art. 4º.- Comunicar a quien corresponda y cumplido archívese
MARGARITA DIAZ DE VIVAR
Directora Nacional de Aduanas