Busqueda por Dispocion Ej: 01/53 - Fecha: 1990-02-03

 

RESOLUCIÓN Nº 227/93

POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAZO ESTABLECIDO EN EL ART. 6, APARTADO B DE LA RESOLUCION NUMERO 50 DE FECHA 24 DE JUNIO DE 1992.

Asunción, 13 de Agosto de 1993

VISTO: La presentación de las firmas importadoras de cigarrillos en la que solicita la modificación del plazo establecido en el art. 6, apartado B de la Resolución No 50/92 y,

CONSIDERANDO: Que el pedido formulado por los recurrentes es viable teniendo en cuenta el argumento por los mismos.

Que atendiendo al informe del Departamento de Control considerando atendibles las inquietudes planteadas por los importadores de que materialmente es imposible adherir los instrumentos de control en 7 días a los cigarrillos importados.

El dictamen favorable de la Asesoría Jurídica de esta Sub-Secretaría de Estado de Tributación No 1968/93.

POR TANTO,

EL SUBSECRETARIO DE ESTADO DE TRIBUTACION

R E S U E L V E:

Art. 1º.- Modificase el Art. 6o, apartado 'B' de la Resolución No 50 de fecha de 24 de junio de 1992, fijándose un plazo máximo de 22 (veintidós) días corridos para adherir los instrumentos de control a los cigarrillos importados contados a partir del retiro de los bienes de la Aduana.

Art. 2º.- Comunicar a quienes corresponda y cumplido, archivar.