POR LA CUAL SE PRORROGA EL PLAZO DEL ARTICULO 38 DE LA RESOLUCIÓN GENERAL DNIT N° 04/2024 «POR LA CUAL SE ACTUALIZAN NORMAS DE PROCEDIMIENTOS PARA LA APLICACIÓN INFORMÁTICA DE LA «TRANSMISIÓN ELECTRÓNICA ANTICIPADA DEL MANIFIESTO DE CARGAS AÉREAS» (TEMA), Y SE DISPONE LA IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE CARGAS».
Asunción, 12 Septiembre de 2024
VISTO: La Ley N.° 2422/2004 «Código Aduanero» y sus modificaciones;
La Ley N.° 7143/2023 «Que crea la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios»;
El Decreto N.° 4672/2005 «Por la cual se reglamenta la Ley N° 2422/2005 "Código Aduanero", y se establece la Estructura Organizacional de la Dirección Nacional de Aduanas» y sus modificaciones;
El Decreto N.° 82/2023 «Por el cual se establece la vigencia de la Ley N° 7143/2023, "Que crea la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios" y las disposiciones transitorias para su efectiva implementación»;
El Decreto N.° 1184/2024, «Por el cual se aprueba la Estructura Orgánica de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios»;
La Resolución General DNIT 04/2024 «Por la cual se actualizan normas de procedimientos para la aplicación informática de la Transmisión Electrónica Anticipada del Manifiesto de Cargas Aéreas (TEMA), y se dispone la implementación del sistema de gestión de cargas»;
El Instructivo GGA N° 05/2024; Y,
CONSIDERANDO: Que, la implementación del nuevo Sistema de Gestión de Cargas representa un cambio significativo en los procedimientos aduaneros, requiriendo un período de adaptación para todos los actores involucrados siendo imperativo garantizar la correcta aplicación de sanciones por faltas aduaneras, evitando errores que pudieran derivar en perjuicios injustificados para los operadores económicos o en la
inadecuada penalización de infracciones, y la complejidad inherente a la transición hacia el nuevo sistema puede generar situaciones imprevistas que demanden un análisis más detallado para la determinación adecuada de faltas.
Que, la prórroga en la aplicación de sanciones permitirá una transición más fluida al nuevo sistema, minimizando los contratiempos en la operativa de desaduanamiento de mercaderías y asegurando la continuidad eficiente del comercio internacional, contribuyendo así a una implementación más efectiva y a una mayor adherencia a las normativas aduaneras vigentes.
Que la DNIT cuenta con facultades legales para establecer normas generales para trámites administrativos, impartir instrucciones y dictar actos necesarios para la aplicación, gestión, percepción y fiscalización de los procedimientos bajo su competencia.
POR TANTO,
El DIRECTOR NACIONAL DE INGRESOS TRIBUTARIOS
R E S U E L V E:
Artículo 1°.- Prorrogar el plazo establecido en el artículo 38 de la Resolución General DNIT N° 04/2024 «Por la cual se actualizan normas de procedimientos para la aplicación informática de la Transmisión Electrónica Anticipada del Manifiesto de Cargas Aéreas (TEMA), y se dispone la implementación del sistema de gestión de cargas», hasta el 31 de Enero de 2025.
Artículo 2°. Disponer que las Direcciones Generales de Tecnología de la Información y Comunicación y de Procesos Aduaneros y Facilitación del Comercio, articularan los mecanismos necesarios para el cumplimento de lo dispuesto en la presente Resolución.
Artículo 2°.- Publicar en la página web institucional, comunicar a quienes corresponda y cumplido, archivar.
Oscar Orué.
Director DNIT(mc)