POR LA CUAL SE EXTIENDE EL PLAZO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 3° DE LA RESOLUCIÓN MTESS N° 650/2025 DE FECHA 02 DE JULIO DE 2025, “POR LA SE DISPONE LA SUSPENSIÓN DE LOS PLAZOS DE VENCIMIENTO DE LAS INSCRIPCIONES PATRONALES Y LAS COMUNICACIONES PREVISTAS EN LA RESOLUCIÓN MTESS N° 991/2024 DE FECHA 17 DE OCTUBRE DE 2024”.
Asunción, 31 de julio de 2025.
VISTO: el Expediente 2025-12015001-012273 por el cual la Dirección de Tecnología de la Información y la Comunicación, dependiente de la Dirección General de Gabinete del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social eleva informe sobre el funcionamiento del Sistema REOP; y
CONSIDERANDO: Que, por Resolución MTESS N° 650/2025 de fecha 02 de julio de 2025, “POR LA SE DISPONE LA SUSPENSIÓN DE LOS PLAZOS DE VENCIMIENTO DE LAS INSCRIPCIONES PATRONALES Y LAS COMUNICACIONES PREVISTAS EN LA RESOLUCIÓN MTESS N° 991/2024 DE FECHA 17 DE OCTUBRE DE 2024”, resolvió que ante la inactividad del Sistema REOP ocurrida en fecha 30 de junio de 2025, los empleadores dispondrán de un plazo de 10 días hábiles a los efectos de que cumplan con las obligaciones correspondientes, dicho plazo culminará el 01 de agosto de 2025, teniendo en cuenta que en fecha 18 de julio de 2025 se comunicó el restablecimiento del sistema.
Que, la Dirección de Tecnología de la Información y la Comunicación informó que el Sistema REOP ha sido recientemente migrado al Datacenter del SNPP, con el objetivo de mejorar su disponibilidad y desempeño, y que, si bien dicha plataforma ha permanecido funcional, algunos módulos específicos presentaron incidencias técnicas temporales que pudieron afectar el cumplimiento oportuno de ciertas obligaciones patronales.
Que, ante esta situación resulta administrativamente prudente extender el plazo previsto en el Artículo 3° de la resolución citada a los efectos de garantizar el cumplimiento de las obligaciones en el Registro Obrero Patronal.
Que, la Ley N° 5115/2013, en su Artículo 11 “Funciones Generales”, establece: "El/La Ministro/a en las áreas de trabajo, de empleo de seguridad social, ejercerá las siguientes funciones y atribuciones generales: (...) 7. Adoptar las medidas de administración, coordinación, supervisión y control necesarias para asegurar el cumplimiento de las Junciones de su competencia...".
POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones;
LA MINISTRA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
R E S U E L V E:
Art. 1° EXTENDER el plazo dispuesto en el Artículo 3° de la Resolución MTESS N° 650/2025 de fecha 02 de julio de 2025 “POR LA SE DISPONE LA SUSPENSIÓN DE LOS PLAZOS DE VENCIMIENTO DE LAS INSCRIPCIONES PATRONALES Y LAS COMUNICACIONES PREVISTAS EN LA RESOLUCIÓN MTESS N° 991/2024 DE FECHA 17 DE OCTUBRE DE 2024”, hasta el 10 de agosto de 2025, conforme al considerando de la presente Resolución.
Art. 2° ENCOMENDAR a la Dirección de Tecnología de la Información y Comunicación la realización de los ajustes necesarios en los sistemas informáticos y las bases de datos para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución.
Art. 3° COMUNICAR, publicar y cumplido, archivar.