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POR LA CUAL SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN MTESS N° 835/16, DE FECHA 12 DE DICIEMBRE DE 2016. |
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Asunción, 23 de abril de 2018. VISTO: El Memorándum DROP N° 110/18, de fecha 27 de marzo de 2018, recepcionado en la Secretaría General con entrada N° 795 en fecha 04 de abril de 2018, por el cual se eleva a consideración del Señor Ministro, la solicitud de modificación de la Resolución MTESS N° 835/16, de fecha 12 de diciembre de 2016; y CONSIDERANDO: Que, la Dirección General de Asesoría Jurídica, se expidió en los términos del Dictamen DGAJ N° 134 de fecha 19 de abril de 2018, que expresa: "Se considera viable dictar Resolución Ministerial a los efectos de modificar el plazo de presentación de las comunicaciones de entrada y salida de trabajadores., permisos, vacaciones, sanciones, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Para ello se sugiere que el Art. 1° de la Resolución modificatoria quede redactado de la siguiente forma: "Art. 1° Modificar el último párrafo del Art. 1° del Anexo I a la Resolución MTESS N° 835/16 de fecha 12 de diciembre de 2016, con la siguiente redacción: "Para todos los casos, las comunicaciones deberán ser realizadas por la empresa dentro del plazo de treinta (30) días hábiles"- Que, la Ley N° 5115/13, en su artículo 11 "Funciones Generales", establece que; "el Ministro en las áreas de trabajo, empleo y seguridad social, ejercerá las siguientes funciones y atribuciones generales: inc. 7 Adoptar medidas de administración, coordinación, supervisión y control necesarias para asegurar el cumplimiento de las funciones de su competencia". POR TANTO, en uso de sus atribuciones; EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL R E S U E L V E: Art. 1° MODIFICAR el último párrafo del artículo 1° del Anexo I de la Resolución MTESS N° 835/16, de fecha 12 de diciembre de 2016, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
Art. 2° DISPONER que los demás artículos de la Resolución MTESS N° 835/16 de fecha 12 de diciembre de 2016, permanezcan invariables. Art. 3° COMUNICAR a quienes corresponda y archivar. Fdo.: Guillermo Sosa. |