
VISTO :El dictamen de la Comisión de Planificación Física y Urbanística, con relación a las Minutas presentadas por el Concejal Arq. Jorge Rubiani, de fechas 17 de abril y 7 de mayo de 1.996, y
CONSIDERANDO :Que por dichas minutas plantea algunos cambios en la Ordenanza del Plan Regulador, y que se remiten a la modificación del Art. 57 de la Ordenanza 43/94 del Plan Regulador;
Que el mencionado artículo expresa que: 'La Franja Mixta 2 que se desarrolla a lo cargo de la Avenida Aviadores del Chaco abarcará una línea paralela al eje de la Avenida, que se extenderá hasta 80 m. hacia el interior de las líneas municipales de ambas aceras. Esta FM2 admitirá edificaciones con un máximo de 7 pisos o de 21 m. de altura, medido desde el nivel de la vereda;
Que con esta disposición, sin embargo, se alienta algunas situaciones confusas, ya que el mismo centro de compras 'Shopping del Sol', recientemente inaugurado, plantea una situación incompatible con la Ordenanza ya que el predio, con una gran superficie y una sola cuenta corriente catastral, ya excede la distancia de 80 m. desde el eje de la Avenida Aviadores del Chaco;
Por tanto:
LA JUNTA MUNICIPAL DE ASUNCION, REUNIDA EN CONCEJO
O R D E N A :
Art. 1º Modificar el Art. 57º de la Ordenanza 43/94, por el texto siguiente: La Franja Mixta que se desarrolla a lo largo de la Avenida Aviadores del Chaco, abarcará una línea quebrada que seguirá la siguiente dirección desde la intercepción de la Avenida Aviadores del Chaco con la calle Agustín Barrios; calles Agustín Barrios, César López Moreira, Juan XXIII, hasta la Avenida Molas López, en la acera Norte. Desde la Franja Mixta generada alrededor de la Avenida San Martín hasta la calle Agustín Barrios, y a partir de la intercepción de la Avenida Molas López con la Avenida Aviadores del Chaco hasta la Avenida Madame Lynch, la zona será tipificada como FM 1.
La FM 2 admitirá edificaciones con un máximo de 7 pisos o de 21 m. de altura, medido desde el nivel de la vereda.
En la acera Sur, toda la extensión de la Avenida Aviadores del Chaco será tipificada como FM 1.
Art. 2º Comuníquese a la Intendencia Municipal.
Dada en la Sala de Sesiones de la Junta Municipal de Asunción, a los catorce días del mes de mayo del año mil novecientos noventa y seis.
DR. MARCIAL VILLALBA
DR. CORNELIO CABALLERO
Secretario Presidente