Busqueda por Dispocion Ej: 01/53 - Fecha: 1990-02-03

 

ORDENANZA JM Nº 26/96

VISTO :El dictamen de la Comisión de Planificación Fí­sica y Urbanística, con relación a la Minuta presen­tada por el Concejal Arq. Jorge Rubiani, de fe­cha 26 de marzo de 1.996, y

CONSIDERANDO : Que por la Minuta de referencia, plantea a esta Junta Municipal, algunos cambios a la Ordenanza del Plan Regulador con el objeto de mejorar el sistema de nominación de calles y para lo cual solicita la modificación de los artículos 257 y 259 de la Ordenanza JM/Nº 19/93, que posterior­mente fue modificada por la Orde­nanza JM/Nº 43/94 vigente, y los artículos a los que se re­fiere la minuta son actualmente los Nros. 251 y 253, y habiendo encon­tra­do que los conside­ran­dos y argumentos esgrimidos son vale­de­ros y acertados;

Por tanto:

LA JUNTA MUNICIPAL DE ASUNCION, REUNIDA EN CONCEJO

O R D E N A :

Art. 1º Aprobar la modificación del Art. 251 de la Ordenanza JM/Nº 43/94 a partir del inciso 'b' quedando redac­tado como sigue:

'Art. 251º A los efectos del presente Plan Regula­dor, y para la ordenación de las nomenclaturas y numeración de las propiedades de la ciudad de Asun­ción, se adoptan los siguientes ejes:

a.Ejes Norte-Sur: La calle Independencia Nacional y las Avenidas Sacramento, Choferes del Chaco y Médi­cos del Chaco.

b.Ejes Este-Oeste: Avenida Mcal. López, desde el lími­te con el Municipio de Fernando de la Mora hasta la calle San José - Paí Pérez, y la ave­nida Eusebio Ayala desde el límite con el Municipio de Fernando de la Mora hasta la Avda. Gral. Santos. En el eje Mcal. López desde Estados Unidos hasta Inde­pendencia Na­cio­nal, las calles transversales con­servarán sus nombres origina­les hasta el baña­do norte de la bahía de Asun­ción. En el eje Avda. Euse­bio Ayala las ca­lles ubicadas al oeste de la Avda. Gral. Santos conservarán sus nombres origi­nales hasta Dos Bocas.

Las avenidas circunvalatorias y otra que por su natura­leza funcional hacen de enlace circulatorio en la ciudad conservarán sus nombres en toda su exten­sión: Estados Unidos, Brasil, Gral. Santos, Bruno Guggiari, Choferes del Chaco, San Martín y Madame Lynch'.

Art. 2º Aprobar la modificación del Art. 253º de la Ordenan­za JM/Nº 43/94 que quedará redactado como sigue:

'Art. 253º Las calles que no ofrezcan continuidad en su tra­zado debido a interrupciones preexistentes lleva­rán nomen­cla­turas diferentes en cada tramo inte­rrumpido, a excepción de aquellas calles que sean interrumpidas por plazas'.

Art. 3º Comuníquese a la Intendencia Municipal.

Dada en la Sala de Sesiones de la Junta Munici­pal de Asunción, a los dos días del mes de octubre del año mil nove­cientos noventa y seis.

DR. MARCIAL VILLALBA DRA. LILIAN S. SOTO B.

Secretario Presidenta

MV/ab.