Busqueda por Dispocion Ej: 01/53 - Fecha: 1990-02-03

 

ORDENANZA JM Nº 30/95

VISTO :El dictamen de la Comisión de Legislación, con re­lación al Mensaje Nº 1013 S.G., de fecha 14 de noviembre de 1995, y

CONSIDERANDO : Que por el referido mensaje la Intendencia Mu­nici­pal remite a estudio y consideración de esta Jun­ta, el Expte. Nº 18.905/95, presentado por la Contraloría General de la República y el Proyecto de Modificación de Ordenanza JM/Nº 43/94, tomando como referencia el pedido formu­lado por dicha Institución;

Que esta Comisión considera que el pedido de la Contraloría General de la República, es atendi­ble para satisfacer las demandas de infraes­tructura edilicia que requiere dicha Institu­ción, acorde con sus nuevas funciones estable­cidas en la Cons­titu­ción Nacional y en la Ley Nº 126/93;

Que dicho pedido requiere la modificación de la Ordenanza JM/Nº 43/94;

Por tanto: 

LA JUNTA MUNICIPAL DE ASUNCION, REUNIDA EN CONCEJO 

O R D E N A :

Art. 1º Modificar parcialmente la Ordenanza JM/Nº 43/­94, en los siguientes Artículos:

'Art. 29º - 11. Contraloría General de la Repú­blica'.

Se modifican y se transcriben los siguientes ar­tículos al mero efecto de ordenar la numera­ción:

'Art. 207º Definir como zonas militares a los lugares donde están asentadas las unidades mi­lita­res, navales y policiales, en los siguien­tes sec­tores del Municipio de Asunción:

a) Plazoleta del Puerto

b) Rivera izquierda del Río Paraguay

c) Sector Norte del Bañado Tacumbú

d) Kilómetro 9 de la Red Ferroviaria

e) Ministerio de Defensa Nacional, Escuela de Comando, Estado Mayor, Regimiento Escolta Pre­si­dencial'.

'Art. 208º Declarar como Micro - Sectores Mili­tares a los siguientes asentamientos pun­tuales:

a) Dirección de Servicio de Reclutamiento y Movi­lización: Avda. Eusebio Ayala y Santa Cruz de la Sierra;

b) Dirección de Subsistencia del Ejército:

1- Avda. Artigas y Cusmanich.

2- Chile y Dr. Gaspar Rodríguez de Francia.

c) Instituto Geográfico Militar: Avda. Artigas y Vía Férrea.

d) Comando de Apoyo de Combate 1ra. División de Infantería: Avda. Venezuela y San Salvador.

e) Dirección del Servicio Agropecuario de las FF.AA: Avda. Madame Lynch.

f) Disertren: Avda. Choferes del Chaco c/ Pa­che­co.

g) Dirección de Industrias Militares: Avda. Gral. Santos y Manuel Domínguez'.

Art. 209º - Encomendar a la Intendencia Munici­pal, la fijación de los límites correspondiente a las zonas militares.

Se modifica y se agrega el siguiente artículo:

'Contraloría General de la República'

Art. 210º - Delimitar como área de uso especí­fico destinada a la Contraloría General de la Repúbli­ca, a los predios con Ctas. Ctes. Ctra­les. Nros. 14-190-24/26/56/58, ubicados sobre las calles Austria y Bruselas entre Viena y Bélgica y esta­blecer para esta zona de uso es­pecífico los mismos parámetros urbanísticos que rigen en la zona habi­tacional colindante'.

Art. 2º Comuníquese a la Intendencia Municipal.

Dada en la Sala de Sesiones de la Junta Munici­pal de Asunción, a los seis días del mes de diciembre del año mil novecientos noven­ta y cinco.

DR. MARCIAL VILLALBA DRA. LILIAN S. SOTO B.

Secretario Vice Presidenta en Ejercicio

MV/ab.