
VISTO :El dictamen de la Comisión de Legislación, con relación al Mensaje Nº 1013 S.G., de fecha 14 de noviembre de 1995, y
CONSIDERANDO : Que por el referido mensaje la Intendencia Municipal remite a estudio y consideración de esta Junta, el Expte. Nº 18.905/95, presentado por la Contraloría General de la República y el Proyecto de Modificación de Ordenanza JM/Nº 43/94, tomando como referencia el pedido formulado por dicha Institución;
Que esta Comisión considera que el pedido de la Contraloría General de la República, es atendible para satisfacer las demandas de infraestructura edilicia que requiere dicha Institución, acorde con sus nuevas funciones establecidas en la Constitución Nacional y en la Ley Nº 126/93;
Que dicho pedido requiere la modificación de la Ordenanza JM/Nº 43/94;
Por tanto:
LA JUNTA MUNICIPAL DE ASUNCION, REUNIDA EN CONCEJO
O R D E N A :
Art. 1º Modificar parcialmente la Ordenanza JM/Nº 43/94, en los siguientes Artículos:
'Art. 29º - 11. Contraloría General de la República'.
Se modifican y se transcriben los siguientes artículos al mero efecto de ordenar la numeración:
'Art. 207º Definir como zonas militares a los lugares donde están asentadas las unidades militares, navales y policiales, en los siguientes sectores del Municipio de Asunción:
a) Plazoleta del Puerto
b) Rivera izquierda del Río Paraguay
c) Sector Norte del Bañado Tacumbú
d) Kilómetro 9 de la Red Ferroviaria
e) Ministerio de Defensa Nacional, Escuela de Comando, Estado Mayor, Regimiento Escolta Presidencial'.
'Art. 208º Declarar como Micro - Sectores Militares a los siguientes asentamientos puntuales:
a) Dirección de Servicio de Reclutamiento y Movilización: Avda. Eusebio Ayala y Santa Cruz de la Sierra;
b) Dirección de Subsistencia del Ejército:
1- Avda. Artigas y Cusmanich.
2- Chile y Dr. Gaspar Rodríguez de Francia.
c) Instituto Geográfico Militar: Avda. Artigas y Vía Férrea.
d) Comando de Apoyo de Combate 1ra. División de Infantería: Avda. Venezuela y San Salvador.
e) Dirección del Servicio Agropecuario de las FF.AA: Avda. Madame Lynch.
f) Disertren: Avda. Choferes del Chaco c/ Pacheco.
g) Dirección de Industrias Militares: Avda. Gral. Santos y Manuel Domínguez'.
Art. 209º - Encomendar a la Intendencia Municipal, la fijación de los límites correspondiente a las zonas militares.
Se modifica y se agrega el siguiente artículo:
'Contraloría General de la República'
Art. 210º - Delimitar como área de uso específico destinada a la Contraloría General de la República, a los predios con Ctas. Ctes. Ctrales. Nros. 14-190-24/26/56/58, ubicados sobre las calles Austria y Bruselas entre Viena y Bélgica y establecer para esta zona de uso específico los mismos parámetros urbanísticos que rigen en la zona habitacional colindante'.
Art. 2º Comuníquese a la Intendencia Municipal.
Dada en la Sala de Sesiones de la Junta Municipal de Asunción, a los seis días del mes de diciembre del año mil novecientos noventa y cinco.
DR. MARCIAL VILLALBA DRA. LILIAN S. SOTO B.
Secretario Vice Presidenta en Ejercicio
MV/ab.