
QUE CREA EL MUNICIPIO SANTA FE DEL PARANÁ EN EL X DEPARTAMENTO ALTO PARANÁ Y UNA MUNICIPALIDAD CON ASIENTO EN EL PUEBLO SANTA FE DEL PARANÁ
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Articulo 1°- Crease el Municipio 'SANTA FE DEL PARANÁ' en el Departamento Alto Paraná, y este efecto, desaféctase su territorio de los Distritos de HERNANDARIAS y MBARACAYU, con los siguientes límites:
NO SE COPIAN LOS LIMITES POR SU EXTENSIÓN
Artículo 2°- El área delimitada del Municipio creado por el artículo anterior de la presente ley, abarca la SUPERFICIE DE 87.481 Has., 1.118 m2., 8.579 cm2 (ochenta y siete mil cuatrocientos ochenta y un héctareas, con un mil ciento dieciocho metros cuadrados, con ocho mil quinientos setenta y nueve centímetros cuadrados).
Artículo 3°- Créase la Municipalidad en el Municipio establecido en el artículo 1° de esta Ley, con asiento en el Pueblo de Santa Fe del Paraná.
Artículo 4°- Una vez promulgada la presente Ley, la Justicia Electoral deberá convocar a elecciones municipales de acuerdo a la forma y plazos establecidos en las leyes correspondientes. Hasta tanto se elijan las nuevas autoridades, la administración del nuevo municipio, quedará a cargo de la Municipalidad de Hernandarias.
Artículo 5°- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Asunción, 11 de julio de 2003