RESOLUCION DNA N° 80/20

POR LA CUAL SE ESTABLECEN LAS DOCUMENTACIONES Y OBLIGACIONES EXIGIBLES PARA LA INSCRIPCION Y HABILITACION ANUAL DE LAS PERSONAS VINCULADAS A LA ACTIVIDAD ADUANERA.

Asunción, 27 de enero de 2020.

(Ver: lo dispuesto en el Art. 1° de la Resolución N° 1.220/2022) 

(Abrogada por Art. 24 de la Resolución DNA N° 30/2025)

VISTO: Los artículos 19°, 20°, 30°, 35°, 40°, 42°, 46°, 385° y 386°, de la Ley N° 2422/04 -Código Aduanero”; y los artículos 1°, 19°, 20°, 29°, 30°, 40°, 47°, 48°, 57°, 59°, 67°, 68°, 75°, 76°, 83°, 84°, 97° y 98°, del Decreto N° 4672/05 "Reglamentario del Código Aduanero"; y;

CONSIDERANDO: La necesidad de generar una nueva estructura para la Inscripción y Habilitación de las Personas Vinculadas a la Actividad Aduanera.

Qué, los artículos supra mencionados de la Ley y el Decreto Reglamentario establecen requisitos indispensables a fin de uniformar y actualizar los requisitos para la habilitación de las Personas Vinculadas a la Actividad Aduanera hasta el 30 de abril de cada año que deben presentar ante la Dirección Nacional de Aduanas, ello conlleva a propiciar la Seguridad Jurídica que todo Administrador Tributario debe tener, en el marco de sus responsabilidades y deberes como tal.

Que, la Dirección Nacional de Aduanas, se halla abocada en un proceso de formalización y readecuación de los procesos administrativos que atañen a las garantías aduaneras con el fin de lograr que en caso de incumplimiento de las obligaciones tributarias amparadas por Garantías Aduaneras legalmente constituidas sean de ejecución automática por imperio de la Ley conforme a lo dispuesto en el Art. 297 de la Ley N° 2422/04 y asimismo fundamentando las actuaciones de la Autoridad Aduanera en los Privilegios respecto de la Garantía establecidos en el Art. 298 del mismo cuerpo legal, de manera a poder llegar al umbral de control requerido.

Que, con la optimización del uso de las herramientas informáticas existentes, se pueden dar mayor fluidez y eficacia a los controles, creando mecanismos más agiles y de mayor conveniencia tanto para los usuarios del servicio aduanero y a las autoridades de control.

Que, la presente normativa fue socializada en la página Web Institucional del 03 al 13 de enero del corriente, de conformidad a las previsiones de la Resolución DNA N° 1106/2019 “Por la cual se establece el mecanismo de publicación anticipada de Normativas de carácter General originadas en la Dirección Nacional de Aduanas”

POR TANTO: En mérito a las disposiciones legales mencionadas, a las consideraciones expuestas y en uso de sus atribuciones;

EL DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS

R E S U E L V E:

Art. 1°.- Determinar los requisitos documentales exigibles en el Departamento de Registro para la Inscripción y Habilitación en carácter de Importador Habitual Unipersonal (Inscripción Primera vez - cada 5 años) conforme al siguiente orden:
• Cédula Tributaria (R.U.C.)
• Cédula de Identidad Civil, en el caso de extranjeros Cédula de Radicación Permanente o documento equivalente, de las personas firmantes
• Matrícula de Comerciante 
• Contar con infraestructura acorde a su actividad
• Comunicar domicilio real presentando título de propiedad o contrato de alquiler cuando corresponda.

Además, las documentaciones a presentar para la actualización Anual son:
• Constancia de Registro Único de Contribuyente
• Patente Municipal Comercial correspondiente al año fiscal
• Certificado de Cumplimiento Obrero Patronal del I.P.S. (Opcional)
• Balance de Apertura o del último ejercicio o documento equivalente
• Documento de Estados Financieros del último ejercicio fiscal presentados ante la Sub Secretaria de Estado de Tributación (Balance General - Estado de Resultados - Estado de Flujo de Efectivo - Estados de Cambios del Patrimonio Neto - Notas a los Estados Financieros)
• Declaración Jurada del Formulario Renta
• Referencia Bancaria de Cuenta Corriente
• Declarar en el formulario de inscripción y habilitación electrónica un contacto oficial cuya cuenta de correo electrónico deberá pertenecer a un dominio de internet vigente y registrado a nombre de la Persona Física o Jurídica que realice su inscripción/Renovación
• Constancia expedida por el Sistema Informático SOFIA, de que la FIRMA en cuestión no cuente con garantías pendientes de cancelación ante la Dirección Nacional de Aduanas
• Constancia expedida por el Sistema Informático SOFIA, de que no cuente con deudas vencidas, pendientes de finiquito ante la Dirección Nacional de Aduanas
• Declaración Jurada, dirección de oficina/empresa (Anexo II)

Art. 2°.- Determinar los requisitos documentales exigibles en el Departamento de Registro para la Inscripción y Habilitación en carácter de Importador Habitual con Personería Jurídica (Inscripción Primera vez - cada 5 años) conforme al siguiente orden:
• Cédula Tributaria (R.U.C.)
• Cédula de Identidad Civil, en el caso de extranjeros Cédula de Radicación Permanente o documento equivalente, de las personas firmantes
• Escritura de Constitución de Sociedad y Aporte de Capital debidamente inscripto en el Registro Público de Comercio y en el Registro de Personas Jurídicas inscripción en el Registro Público de Comercio e Inscripción en el Registro Público de Personas Jurídicas.
• Contar con infraestructura acorde a su actividad
• Comunicar domicilio real presentando título de propiedad o contrato de alquiler cuando corresponda.

Además, las documentaciones a presentar para la actualización Anual son:
• Constancia de Registro Único de Contribuyente
• Patente Municipal Comercial correspondiente al año fiscal
• Certificado de Cumplimiento Obrero Patronal del I.P.S. (Opcional)
• Balance de Apertura o del último ejercicio o documento equivalente
• Documento de Estados Financieros del último ejercicio fiscal presentados ante la Sub Secretaria de Estado de Tributación (Balance General - Estado de Resultados - Estado de Flujo de Efectivo - Estados de Cambios del Patrimonio Neto - Notas a los Estados Financieros)
• Declaración Jurada del Formulario Renta
• Acta de la Última Asamblea y Constancia de Comunicación de Asamblea (Sociedad Anónima)
• Referencia Bancaria de Cuenta Corriente
• Declaración Jurada, dirección de oficina/empresa (Anexo II)
• Declarar en el formulario de inscripción y habilitación electrónica un contacto oficial cuya cuenta de correo electrónico deberá pertenecer a un dominio de internet vigente y registrado a nombre de la Persona Física o Jurídica que realice su inscripción/Renovación
• Constancia expedida por el Sistema Informático SOFIA, de que la FIRMA en cuestión no cuente con garantías pendientes de cancelación ante la Dirección Nacional de Aduanas
• Constancia expedida por el Sistema Informático SOFIA, de que no cuente con deudas vencidas, pendientes de finiquito ante la Dirección Nacional de Aduanas.

Art. 3°.- Determinar los requisitos documentales exigibles en el Departamento de Registro para las Inscripción y Habilitación en carácter de Despachante de Aduanas (Inscripción Primera vez - cada 5 años) conforme al siguiente orden:
• Resolución de la DNA por la cual se otorga la Matricula en carácter de Despachante de Aduanas
• Cédula Tributaria (R.U.C.)
• Cédula de Identidad Civil, en el caso de extranjeros Cédula de Radicación Permanente o documento equivalente
• Comunicar domicilio real presentando título de propiedad o contrato de alquiler cuando corresponda.
• Contar con infraestructura acorde a su actividad

Además, las documentaciones a presentar para la actualización Anual son:
• Constancia de Registro Único de Contribuyente
• Garantía a favor de la DNA por un valor de 7.500 Dólares Americanos
• Certificado de Antecedente Judicial
• Patente Municipal correspondiente al año fiscal (Profesional)
• Certificado de Cumplimiento Tributario
• Referencia Bancaria de Cuenta Corriente
• Presentar los libros y registros contables al día (Resolución N° 72/2011)
• Declaración Jurada de no ejercer cargos públicos. (Anexo I)
• Declaración Jurada, dirección de oficina/empresa (Anexo 11)
• Certificado de Cumplimiento Obrero Patronal del I.P.S. (Opcional)
• Declarar en el formulario de inscripción y habilitación electrónica un contacto oficial cuya cuenta de correo electrónico deberá pertenecer a un dominio de internet vigente y registrado a nombre de la Persona Física o Jurídica que realice su inscripción/Renovación
• Constancia expedida por el Sistema Informático SOFIA, de que el Despachante de Aduanas en cuestión no cuente con garantías pendientes de cancelación ante la Dirección Nacional de Aduanas
• Presentar la Nómina del Personal a su cargo autorizado para realizar trámites y gestiones ante la Aduana (Decreto N° 4672/05) Articulo 36 numeral 6)

Art. 4°.- Determinar los requisitos documentales exigibles en el Departamento de Registro para las Inscripción y Habilitación en carácter de Agente de Transporte (Inscripción Primera vez - cada 5 años) conforme al siguiente orden:
• Resolución de la DNA por la cual se otorga la Matricula en carácter de Agente de Transporte
• Cédula Tributaria (R.U.C.)
• Cédula de Identidad Civil, en el caso de extranjeros Cédula de Radicación Permanente o documento equivalente
• Comunicar domicilio real presentando título de propiedad o contrato de alquiler cuando corresponda.
• Contar con infraestructura acorde a su actividad

Además, las documentaciones a presentar para la actualización Anual son:
• Constancia de Registro Único de Contribuyente
• Certificado de Antecedente Judicial
• Garantía a favor de la DNA por un valor de 7.500 Dólares Americanos
• Patente Municipal correspondiente al año fiscal (Profesional)
• Certificado de Cumplimiento Tributario
• Referencia Bancaria de Cuenta Corriente
• Certificado de Cumplimiento Obrero Patronal del I.P.S. (Opcional)
• Declaración Jurada de no ejercer cargos públicos. (Anexo I)
• Declaración Jurada, dirección de oficina/empresa (Anexo II)
• Declarar en el formulario de inscripción y habilitación electrónica un contacto oficial cuya cuenta de correo electrónico deberá pertenecer a un dominio de internet vigente y registrado a nombre de la Persona Física o Jurídica que realice su inscripción/Renovación

Art. 5°.- Determinar los requisitos documentales exigibles en el Departamento de Registro para la Inscripción y Habilitación en carácter de Agente de Carga (Inscripción Primera vez -cada 5 años) conforme al siguiente orden:
• Resolución o documento equivalente otorgado por la DNA por la cual se otorga el carácter de Agente de Carga
• Cédula de Identidad Civil, en el caso de extranjeros Cédula de Radicación Permanente o documento equivalente
• Cédula Tributaria (R.U.C.)
• Escritura de Constitución de Sociedad debidamente inscripto en el Registro Público de Comercio y en el Registro de Personas Jurídicas
• Matricula de Comerciante (Unipersonal)
• Comunicar domicilio real presentando título de propiedad o contrato de alquiler cuando corresponda

Además, las documentaciones a presentar para la actualización Anual son:
• Constancia de Registro Unico de Contribuyente
• Garantía a favor de la DNA por un valor de 15.000 Dólares Americanos
• Patente Municipal Comercial correspondiente al año fiscal
• Balance de Apertura o del Último ejercicio o documento equivalente
• Declaración Jurada del Formulario Renta
• Antecedente Judicial (Unipersonal)
• Certificado de Cumplimiento Tributario
• Acta de la Última Asamblea y Constancia de Comunicación de Asamblea (Sociedad Anónima)
• Acreditar solvencia económica a satisfacción de la Dirección Nacional de Aduanas que será establecida conforme a las actividades, tipo de operaciones o volumen de mercaderías previstas por el Agente de Carga para el fiel cumplimiento de sus obligaciones
• Declaración Jurada, Dirección de oficina/empresa (Anexo II)
• Declarar en el formulario de inscripción y habilitación electrónica un contacto oficial cuya cuenta de correo electrónico deberá pertenecer a un dominio de internet vigente y registrado a nombre de la Persona Física o Jurídica que realice su inscripción/Renovación
• Certificado de Cumplimiento Obrero Patronal del I.P.S. (Opcional)

Fluvial:
• Constancia conexión al Sistema Sofía para la transmisión anticipada del manifiesto desconsolidado de cargas.

Aéreo:
• Constancia conexión al Sistema Sofia para la transmisión anticipada del manifiesto desconsolidado de cargas.
• Certificado de Agente de Cargas emitido por la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (DINAC)

Art. 6°.- Determinar los requisitos documentales exigibles en el Departamento de Registro para la Inscripción y Habilitación en carácter de Remesa Expresa (Inscripción Primera vez - cada 5 años) conforme al siguiente orden:
• Cédula de Identidad Civil, en el caso de extranjeros Cédula de Radicación Permanente o documento equivalente, de las personas firmantes
• Cédula Tributaria (R.U.C.)
• Comunicar domicilio real presentando título de propiedad o contrato de alquiler cuando corresponda
• Escritura de Constitución de Sociedad debidamente inscripto en el Registro Público de Comercio y en el Registro de Personas Jurídicas
• Contar con infraestructura acorde a su actividad

Además, las documentaciones a presentar para la actualización Anual son:
• Constancia de Registro Unico de Contribuyente
• Patente Municipal Comercial correspondiente al año fiscal
• Balance de Apertura o del Ultimo ejercicio o documento equivalente
• Declaración Jurada del Formulario Renta
• Garantía a favor de la DNA por un valor de 10.000 Dólares Americanos.
• Certificado de Cumplimiento Tributario
• Acta de la Ultima Asamblea y Constancia de Comunicación de Asamblea (Sociedad Anónima)
• Declaración Jurada, Dirección de oficina/empresa (Anexo II)
• Declarar en el formulario de inscripción y habilitación electrónica un contacto oficial cuya cuenta de correo electrónico deberá pertenecer a un dominio de internet vigente y registrado a nombre de la Persona Física o Jurídica que realice su inscripción/Renovación
• Constancia expedida por el Sistema Infomático SOFIA, de que no cuente con deudas vencidas, pendientes de finiquito ante la Dirección Nacional de Aduanas.
• Certificado de Cumplimiento Obrero Patronal del I.P.S. (Opcional)
• Constancia expedida por el Sistema Informático SOFIA de contar con el Sistema de Transmisión Electrónica de Remesa Expresa en sus instalaciones

Art. 7°.- Determinar los requisitos documentales exigibles en el Departamento de Registro para la Inscripción y Habilitación en carácter de Usuario de Zonas Francas (Inscripción Primera vez - cada 5 años) conforme al siguiente orden:
• Cédula de Identidad Civil, en el caso de extranjeros Cédula de Radicación Permanente o documento equivalente, de las personas firmantes
• Cédula Tributaria (R.U.C.)

Las documentaciones a presentar para la actualización Anual son:
• Constancia de Registro Unico de Contribuyente
• Constancia expedida por el Concesionario de la Zona Franca que acredite la condición de usuario, refrendada por el Consejo Nacional de Zonas Francas
• Contrato de Alquiler del usufructo de los Depósitos de la Zona Franca 
• Declaración Jurada, dirección de oficina/empresa (Anexo II)
• Declarar en el formulario de inscripción y habilitación electrónica un contacto oficial cuya cuenta de correo electrónico deberá pertenecer a un dominio de internet vigente y registrado a nombre de la Persona Física o Jurídica que realice su inscripción/Renovación.
• Certificado de Cumplimiento Obrero Patronal del I.P.S. (Opcional)

Art. 8°.- Determinar los requisitos documentales exigibles en el Departamento de Registro para la Inscripción y Habilitación en carácter de Empresa de Transporte Nacional o extranjera (Inscripción Primera vez - cada 5 años) conforme al siguiente orden:

EMPRESA DE TRANSPORTE NACIONAL:
• Cédula Tributaria (R.U.C.)
• Cédula de Identidad Civil, en el caso de extranjeros Cédula de Radicación Permanente o documento equivalente, de las personas firmantes
• Comunicar domicilio real presentando título de propiedad o contrato de alquiler cuando corresponda
• Matricula de Comerciante (Unipersonal)
• Escritura de Constitución de Sociedad debidamente inscripto en el Registro Público de Comercio y en el Registro de Personas Jurídicas.

Además, las documentaciones a presentar para la actualización Anual son:
• Constancia de Registro Único de Contribuyente
• Garantía a favor de la DNA por un valor de 30.000 Dólares Americanos (salvo acuerdos internacionales vigentes)
• Patente Municipal Comercial correspondiente al año fiscal 
• Certificado de Cumplimiento Tributario
• Balance de Apertura o del Último ejercicio o documento equivalente 
• Declaración Jurada del Formulario Renta
• Acta de la Última Asamblea y Constancia de Comunicación de Asamblea (Sociedad Anónima) 
• Poder al Agente de Transporte otorgado por Escritura Publica
• Declaración Jurada, dirección de oficina/empresa (Anexo II)
• Declarar en el formulario de inscripción y habilitación electrónica un contacto oficial cuya cuenta de correo electrónico deberá pertenecer a un dominio de internet vigente y registrado a nombre de la Persona Física o Jurídica que realice su inscripción/Renovación
• Certificado de Cumplimiento Obrero Patronal del I.P.S. (Opcional)

Terrestre:
• Listado de unidades de transportes habilitados por los organismos competentes
• Póliza de Seguro Vigente de las unidades de Transporte, certificado por la compañía de seguros que la emite

Fluvial:
• Listado de unidades de transportes habilitados por los organismos competentes
• Constancia conexión al Sistema Sofía para la transmisión anticipada del manifiesto de cargas.

Aéreo:
• Listado de unidades de transportes habilitados por los organismos competentes
• Constancia conexión al Sistema Sofía para la transmisión anticipada del manifiesto de cargas.

EMPRESA DE TRANSPORTE EXTRANJERA:
• Poder o mandato legalizado por el cual designa representante
• Poder al Agente de Transporte otorgado por Escritura Publica
• Cédula de Identidad Civil, en el caso de extranjeros Cédula de Radicación Permanente o documento equivalente, de las personas firmantes

Además las documentaciones a presentar para la actualización Anual son:
• Garantía a favor de la DNA por un valor de 60.000 Dólares Americanos (salvo acuerdos internacionales vigentes)
• Declaración Jurada, dirección de oficina/empresa (Anexo II)
• Declarar en el formulario de inscripción y habilitación electrónica un contacto oficial cuya cuenta de correo electrónico deberá pertenecer a un dominio de internet vigente y registrado a nombre de la Persona Física o Jurídica que realice su inscripción/Renovación

Terrestre:
• Listado de unidades de transportes habilitados por los organismos competentes
• Póliza de Seguro Vigente de las unidades de Transporte, certificado por la compañía de seguros que la emite

Fluvial:
• Listado de unidades de transportes habilitados por los organismos competentes
• Constancia conexión al Sistema Sofía para la transmisión anticipada del manifiesto de cargas.

Aéreo:
• Listado de unidades de transportes habilitados por los organismos competentes
• Constancia conexión al Sistema Sofía para la transmisión anticipada del manifiesto de cargas.

Art. 9°.- Determinar los requisitos documentales exigióles en el Departamento de Registro para la Inscripción y Habilitación en carácter de Depositario de Mercaderías (Inscripción Primera vez - cada 5 años) conforme al siguiente orden:
• Resolución o documento equivalente otorgado por la DNA por la cual se otorga el carácter de Depositario de Mercaderías
• Cédula de Identidad Civil, en el caso de extranjeros Cédula de Radicación Permanente o documento equivalente
• Cédula Tributaria (R.U.C.)
• Comunicar domicilio real presentando título de propiedad o contrato de alquiler cuando corresponda
• Escritura de Constitución de Sociedad debidamente inscripto en el Registro Público de Comercio y en el Registro de Personas Jurídicas
• Matricula de Comerciante (Unipersonal)
• Constancia de Interconexión expedida por el Sistema Sofía (Resolución 167/2005)

Además, las documentaciones a presentar para la actualización Anual son:
• Constancia de Registro Unico de Contribuyente
• Patente Municipal Comercial correspondiente al año fiscal
• Balance de Apertura o del Último ejercicio o documento equivalente
• Declaración Jurada del Formulario Renta 
• Antecedente Judicial (Unipersonal)
• Garantía a satisfacción de la DNA
• Acreditar solvencia económica a satisfacción de la Dirección Nacional de Aduanas con patrimonio mínimo de US$ 100.000 (Cien mil dólares americanos) con inmuebles pudiendo ser un monto mayor según tipo de depósito habilitado
• Certificado de Cumplimiento Tributario
• Acta de la Ultima Asamblea y Constancia de Comunicación de Asamblea (Sociedad Anónima)
• Declaración Jurada, dirección de ofícina/empresa (Anexo II)
• Declarar en el formulario de inscripción y habilitación electrónica un contacto oficial cuya cuenta de correo electrónico deberá pertenecer a un dominio de internet vigente y registrado a nombre de la Persona Física o Jurídica que realice su inscripción/Renovación
• Constancia Calibración de Bascula Expedida por INTN (Resolución 84/2013)
• Certificado de Cumplimiento Obrero Patronal del I.P.S. (Opcional)

Art. 10°. Determinar los requisitos documentales exigibles en el Departamento de Registro para la Inscripción y Habilitación en carácter de Compañía de Seguros (Inscripción Primera vez - cada 5 años) conforme al siguiente orden:
• Cédula de Identidad Civil, en el caso de extranjeros Cédula de Radicación Permanente o documento equivalente, de las personas firmantes
• Resolución del Banco Central del Paraguay que lo acredite en carácter de Compañía Aseguradora.
• Cédula Tributaria (R.U.C.)
• Comunicar domicilio real presentando título de propiedad o contrato de alquiler cuando corresponda
• Escritura de Constitución de Sociedad debidamente inscripto en el Registro Público de Comercio y en el Registro de Personas Jurídicas

Además, las documentaciones a presentar para la actualización Anual son:
• Constancia de Registro Unico de Contribuyente
• Certificado de Cumplimiento Tributario.
• Patente Comercial Municipal correspondiente al año fiscal
• Acta de la Ultima Asamblea con su respectiva Constancia de Comunicación de Asamblea
• Balance de Apertura o del Ultimo ejercicio o documento equivalente
• Declaración Jurada del Formulario Renta
• Declaración Jurada, Dirección de ofícina/empresa (Anexo II)
• Declarar en el formulario de inscripción y habilitación electrónica un contacto oficial cuya cuenta de correo electrónico deberá pertenecer a un dominio de internet vigente y registrado a nombre de la Persona Física o Jurídica que realice su inscripción/Renovación 
• Constancia expedida por el Sistema Informático SOFIA, de que la FIRMA en cuestión no cuente con garantías pendientes de finiquito ante la Dirección Nacional de Aduanas 
• Certificado de Cumplimiento Obrero Patronal del I.P.S. (Opcional)

Art. 11°. Determinar los requisitos documentales exigibles en el Departamento de Registro para la Inscripción y Habilitación en carácter de Entidad Bancaria (Inscripción Primera vez -cada 5 años) conforme al siguiente orden:
• Cédula de Identidad Civil, en el caso de extranjeros Cédula de Radicación Permanente o documento equivalente, de las personas firmantes
• Resolución del Banco Central del Paraguay que lo acredite en carácter de Entidad Bancaria
• Cédula Tributaria (R.U.C.)
• Comunicar domicilio real presentando título de propiedad o contrato de alquiler cuando corresponda
• Escritura de Constitución de Sociedad debidamente inscripto en el Registro Público de Comercio y en el Registro de Personas Jurídicas

Además, las documentaciones a presentar para la actualización Anual (Renovación) son:
• Constancia de Registro Único de Contribuyente
• Certificado de Cumplimiento Tributario
• Patente Comercial Municipal correspondiente al año fiscal
• Acta de la Última Asamblea con su respectiva Constancia de Comunicación de Asamblea.
• Balance de Apertura o del Último ejercicio o documento equivalente
• Declaración Jurada del Formulario Renta
• Declaración Jurada, dirección de oficina/empresa (Anexo II)
• Declarar en el formulario de inscripción y habilitación electrónica un contacto oficial cuya cuenta de correo electrónico deberá pertenecer a un dominio de internet vigente y registrado a nombre de la Persona Física o Jurídica que realice su inscripción/Renovación
• Certificado de Cumplimiento Obrero Patronal del l.P.S. (Opcional)

Art. 12°. Determinar los requisitos documentales exigibles en el Departamento de Registro para la Inscripción y Habilitación en carácter de Importador Ocasional conforme al siguiente orden:
• Cédula de Identidad Civil, en el caso de extranjeros Cédula de Radicación Permanente o documento equivalente.
• Certificado de Cumplimiento Tributario o de no ser Contribuyente
• Cédula Tributaria (R.U.C.)
• Constancia de Registro Único de Contribuyente en caso que corresponda
• Título de Propiedad o Contrato de Alquiler.
• Escritura de Constitución de Sociedad debidamente inscripto en el Registro Público de Comercio y en el Registro de Personas Jurídicas (Persona Jurídica)

Art. 13°. Las personas físicas que procedan a la Inscripción y Habilitación en carácter de Importador Ocasional podrán realizarlo ante cualquier Administración de Aduana que cuente con la infraestructura tecnológica necesaria para proceder para el efecto.

Art. 14°. Las informaciones proporcionadas y las documentaciones exigibles para la Inscripción y Habilitación en carácter de Persona Vinculada a la Actividad Aduanera serán consideradas como declaración jurada a los efectos legales, conforme a lo establecido en el Art. 96 del Decreto N° 4672/05, Reglamento del Código Aduanero.

Art. 15°. Las referencias indicadas en el croquis del Anexo II, deberán contener las informaciones necesarias a los efectos de la fácil ubicación de la Dirección de la oficina o del lugar de funcionamiento de la empresa de la Persona Vinculada a la Actividad Aduanera, a los efectos legales pertinentes.

Art. 16°. Establecer que la Dirección TIC - SOFIA, adopte las acciones que sean necesarias para generar la constancia de no contar con garantías vencidas y deudas pendientes de finiquito ante la Dirección Nacional de Aduanas, siendo responsable de proveer los accesos al sistema conforme al nivel de las autorizaciones para cada usuario.

Art. 18°. Dejar sin efecto la Resolución DNA N° 71 del 31 de enero de 2011.

Art. 19° Las Personas Vinculadas que ya realizaron su inscripción y/o habilitación por el presente ejercicio fiscal 2020 al día de la fecha, deberán actualizar y adecuar sus documentaciones conforme a lo establecido en la presente Resolución y tendrán plazo hasta el 30 de abril del año en curso.

Art. 20° Comunicar a quienes corresponda, cumplidor archivar.

Econ. Julio Manuel Fernández.

Director