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Asunción, 04 de agosto de 2016 (Derogado por Art. 3°, Resolución N° 16.847/17) VISTO: L.as disposiciones de la Ley 2.157/03 "Que Regula el Funcionamiento del Instituto Nacional de Cooperativismo y establece su Carta Orgánica"; el Marco Regulatorio para Cooperativas del Sector de Ahorro y Crédito, aprobado por Resolución INCOOP N° 11.102/13 y sus modificatorias Resoluciones N°s. 11.343/13, 11.481/14 y 14.436/16; y, CONSIDERANDO: Que, las disposiciones de los incisos d) y e) del Art. 5° de la Ley N° 2157/03, facultan al INCOOP a establecer normas de carácter general y particular, así como dictar resoluciones, que guarden relación con la autorización para funcionar, apertura de sucursales y agencias, requisitos de operatoria de efectivo mínimo, fondo de garantía y margen de solvencia, las relaciones técnicas y regulaciones prudenciales sobre liquidez, solvencia, respaldo patrimonial, normas de contabilidad y valoración, y todas aquellas relacionadas con la actividad económica - financiera de las cooperativas. Que, en el Marco del Contrato de Préstamo N° 1818/OC - PR del Programa de Fortalecimiento Institucional suscrito con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) a cargo del Ministerio de Hacienda en coordinación técnica con el Instituto Nacional de Cooperativismo (INCOOP), en el componente "Diseño de un nuevo Marco General de Regulación y Supervisión para el Sector Cooperativo Paraguayo", la World Council of Credits Unions, Inc. (WOCCU), ha entregado a la Coordinación General del Programa, el producto "Marco Normativo para Cooperativas que realizan intermediación financiera". Que, el documento propuesto por la consultora, en su momento ha sido objeto de análisis final por parte de la Entidad Reguladora, así como por parte de representantes del sector cooperativo, emitiéndose como resultado la Resolución INCOOP N° 11.102/13 "POR LA CUAL SE APRUEBA EL MARCO REGULATORIO PARA LAS COOPERATIVAS DEL SECTOR DE ABORRO Y CREDITO". Que, posteriormente el Marco Regulatorio fue modificado, según resoluciones aprobadas por el Instituto Nacional de Cooperativismo, números 11.343/13, 11.481/14 y 14.436/16. Que, luego del análisis de estas deposiciones y la necesidad de sus actualizaciones y adecuaciones, esta Autoridad de Aplicación, encuentra que resulta razonable emitir una regulación, específica para las cooperativas del sector de ahorro y crédito. POR TANTO, en mérito a los fundamentos expuestos precedentemente, y en ejercicio de las atribuciones establecidas en los incisos d) y e) del art. 5° de la Ley N° 2.157/03 en sesión ordinaria de fecha 12 de agosto de 2016, asentada en Acta N° 613/12016, el CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE COOPERATIVISMO 1°. APROBAR, el "MARCO REGULATORIO PARA LAS COOPERATIVAS DEL SECTOR DE AHORRO Y CREDITO", conforme con los argumentos brevemente expuestos en el exordio precedente y cuyo texto del "ANEXO A" forma parte integrante de la presente Resolución. 2°. ESTABLECER, la vigencia del presente Marco Regulatorio para las Cooperativas de Ahorro y Crédito, a partir del 1 de setiembre de 2016. 3°. DEJAR sin efecto la Resolución INCOOP N° 11.102/13 "POR LA CUAL SE APRUEBA EL MARCO REGULATORIO PARA LAS COOPERATIVAS DEL SECTOR DE AHORRO Y CREDITO Y SUS MODIDCATORIAS LAS RESOLUCIOLES N°S 11.343/13, 11.481/14 Y 14.436/2.016, dictadas por el Instituto Nacional de Cooperativismo, a consecuencia de esta Resolución. 4°. DIFUNDIR la presente resolución y, cumplida Archivar.
Lic. Pedro Löblein S. Lic. Blás Javier Verdún M. Simona Cavazzutti Abg. Nilton Maidana V. Lic. Félix Hernán Jiménez Castro |