
POR LA CUAL SE ESTABLECEN PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS PARA LOS DESPACHOS DEMERCADERÍAS DE IMPORTACIÓN.
Asunción, 19 de noviembre de 1.999
VISTOS: La Ley Nº 1173, ¨QUE ESTABLECE EL CÓDIGO ADUANERO¨del 17 de diciembre de 1985; la Ley Nº 109, del 6 de enero de 1992, ¨QUE APRUEBA CON MODIFICACIONES EL DECRETO LEY Nº 15/90, ¨QUE ESTABLECE LAS FUNCIONES Y ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL MINISTERIO DE HACIENDA¨, del 15 de marzo de 1990; el Decreto Nº 71/53, así como el Art. 261 del Código Penal vigente, que sancionan los delitos de contrabando y la evasión de impuestos; y
CONSIDERANDO: Que es atribución de la Subsecretaría de Estado de Tributación cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales vigentes en todo lo referente a la Administración Tributaria.
Que debe dar cumplimiento a los Artículos 1º, 85º y 285, del código Aduanero.
Que es necesario ejercer un control eficaz sobre los bienes que ingresan al país a fin de evitar la subfacturación de las mercaderías importadas, reducir al mínimo la evasión tributaria y erradicar el contrabando.
Que, para asegurar una valoración tributaria justa, en beneficio de un mayor rendimiento de la recaudación, es indispensable una clasificación correcta y precisa en las posiciones arancelarias correspondientes.
POR TANTO,
EL SUBSECRETARIO DE ESTADO DE TRIBUTACIÓN
R E S U E L V E:
Art. 1º.- Los despachos aduaneros de los bienes importados que ingresen por las distintas aduanas del país, por vía terrestre, aérea o fluvial, conforme lo establece el Código Aduanero, y demás disposiciones legales vigentes, deberán iniciarse y finiquitarse indefectiblemente en la aduana de entrada. Las materias primas y las mercaderías, ingresadas por el régimen de Admisión Temporaria, se regirán por la Resolución D.G.A. Nº 35/97.
Art. 2º.- La Dirección General de Aduanas dispondrá las medidas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente _Resolución.
NICETO CORONEL VELÁZQUEZ
Sub Secretario de Estado de Tributación