Busqueda por Dispocion Ej: 01/53 - Fecha: 1990-02-03

 

DECRETO Nº 6.046/05

QUE DEROGA EL DECRETO Nº 16.183 DEL 20 DE ENERO DE 1993, “POR EL CUAL SE DETERMINA QUE LAS OBRAS PÚBLICAS FINANCIADAS POR ACUERDOS O CONVENIOS INTERNACIONALES INTEGRAN LAS LEYES PARTICULARES DE OBRAS PÚBLICAS PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 255 DE LA LEY No 125/91”.

 

Asunción, 22 de julio de 2005

 

VISTO: La Ley No 125/91, “Que establece el Nuevo Régimen Tributario”, texto actualizado; la Ley Nº 2421/2004, “De Reordenamiento Administrativo y de Adecuación Fiscal” (Expediente M.H. No 11.771/2005); y

CONSIDERANDO: Que las exoneraciones fiscales han adquirido extraordinaria complejidad en los últimos años, al amparo de la profusión de normas que crean situaciones diferenciales entre los sujetos obligados.

Que resulta necesario adecuar el régimen de las obras públicas financiadas por acuerdos o convenios internacionales dentro del alcance de la Ley Nº 2421/2004, tendiendo en cuenta nueva política económica del Gobierno Nacional que pretende el reordenamiento fiscal y administrativo.

 

Que la Abogacía del Tesoro del Ministerio de Hacienda se ha expedido en los términos del Dictamen No 626 del 6 de junio de 2005.

POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales,

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY

 D E C R E T A: 

Art. 1o.- Derógase el Decreto No 16.183 del 20 de enero de 1993, “Por el cual se determina que las obras públicas financiadas por acuerdos o convenios internacionales integran las leyes particulares de obras públicas previstas en el Artículo 255 de la Ley No 125/91”, en todo su contenido y alcance.

Art. 2o.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2006, debiendo los distintos entes e instituciones afectados adecuar sus presupuestos para el ejercicio 2006.

Art. 3o.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro de Hacienda.

Art. 4o.- Comuníquese, publíquese y dese al Registro oficial.

FDO: Nicanor Duarte Frutos

Presidente de la República

 

“ : Ernst F. Bergen

Ministro de Hacienda