Busqueda por Dispocion Ej: 01/53 - Fecha: 1990-02-03

 

DECRETO Nº 20.246/03

POR EL CUAL SE SUSPENDE PARA EL EJERCICIO FISCAL 2002 LA ACTUALIZACIÓN DE LOS MONTOS DE LOS INGRESOS BRUTOS ESTABLECIDOS EN LOS INCISOS A) Y B) DEL ARTÍCULO 79º DE LA LEY No 125/91, PARA LOS CONTRIBUYENTES DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Y TRIBUTO ÚNICO

Asunción, 3 de febrero de 2003

VISTO: Lo dispuesto en el último párrafo del artículo 79º de la Ley Nº 125/91, “QUE ESTABLECE EL NUEVO RÉGIMEN TRIBUTARIO” y el Art. 35º del Decreto N° 13.424/92 (Exp. M.H. No 398/2003); y

CONSIDERANDO: Que las citadas disposiciones legales facultan al Poder Ejecutivo a suspender la actualización de los montos que regirán para el año civil anterior.

Que resulta necesario adoptar medidas tendientes a ampliar el universo de contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado y del Impuesto a la Renta de acuerdo a lo previsto en los incs. a) y b) del Art. 79º de la Ley Nº 125/91.

Que dicha medida puede ser adoptada cuando sea necesario facilitar la recaudación, el contralor o la liquidación de los tributos.

Que la Abogacía del Tesoro del Ministerio de Hacienda se ha expedido favorablemente en los términos del dictamen No 30 de fecha 17 de enero de 2003.

POR TANTO, en ejercicio de sus facultades constitucionales

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY

 D E C R E T A :

Art. 1º.- Suspéndase para el periodo fiscal 2002 la actualización de los montos previstos en los incs. A) y b) del Art. 79º de la Ley Nº 125/91, “QUE ESTABLECE EL NUEVO RÉGIMEN TRIBUTARIO”, para los contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado y del Tributo Único, los cuales se regirán por lo establecido en el Artículo 1º, numeral 1), inc. A) de la Resolución S.S.E.T. No 5 de fecha 5 de enero de 2000 y Art. 1º, numeral 1), inc. B) de la Resolución S.S.E.T. No 5 de fecha 7 de enero de 2002, respectivamente, dictadas por la Subsecretaría de Estado de Tributación del Ministerio de Hacienda.

Art. 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Hacienda.

Art. 3º.- Comuníquese, publíquese y dése al Registro Oficial.

LUIS A. GONZALEZ MACCHI

Alcides Jiménez