DECRETO NÂș 4.913/10

POR EL CUAL SE OBJETA PARCIALMENTE EL PROYECTO DE LEY N° 4.064/2010 'QUE MODIFICA Y AMPLÍA DISPOSICIONES DE LA CREACIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA DEL SERVICIO DE CARÁCTER PERSONAL'.

Asunción, 17 de agosto de 2010

 

VISTO: La Ley Nº 1095 del 14 de diciembre de 1984 'Que establece el Arancel de Aduanas”.

La Ley Nº 9 del 26 de marzo de 1991 'Que aprueba y ratifica el Tratado de Asunción, para la constitución de un Mercado Común, entre la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay '.

La Ley Nº 596/95 'Que aprueba el Protocolo Adicional al Tratado de Asunción sobre la estructura institucional del Mercosur-Protocolo de Ouro Preto”.

El Decreto Nº 8850 del 8 de enero de 2007 'Por el cual se establece la vigencia del Arancel Externo Común aprobado por Resolución Nº 70/2006 del Grupo Mercado Común del Mercosur y se consolidan en un solo instrumento legal las listas de Excepciones al Arancel Externo Común establecidas en el Decreto Nº 18260 del 12 de agosto de 2002 y sus Decretos modificatorios”.

El Decreto Nº 2339 del 26 de junio de 2009 'Por el cual se modifican los niveles arancelarios para los Bienes de Capital establecidos en el Decreto Nº 8850 del 8 de enero de 2007 'Por el cual se establece la vigencia del Arancel Externo Común aprobado por Resolución Nº 70/2006 del Grupo Mercado Común del Mercosur y se consolidan en una solo instrumento legal las listas de Excepciones al Arancel Externo Común establecidas en el Decreto Nº 18260 del 12 de agosto de 2002 y sus Decretos Modificatorios ' (Expediente M.H. N° 6895/2010); y

CONSIDERANDO: Que la República del Paraguay es Estado Parte del Mercosur.

Que el Art. 10, Inciso a) de la Ley Nº 1095/84, faculta al Poder Ejecutivo a establecer y modificar los niveles de gravámenes aduaneros de las mercaderías de importación.

 Que teniendo en cuenta los procesos vigentes en el comercio internacional y las prácticas de importación de determinados productos, específicamente los equipos acondicionadores de aire de elementos separados denominados Split-System y sus partes, resulta necesaria la modificación del Arancel Nacional Vigente (ANV) a los efectos de subsanar situaciones administrativas confusas por los distintos aranceles vigentes para mercaderías similares.

 Que la Abogacía del Tesoro del Ministerio de Hacienda se ha expedido en los términos del Dictamen N° 680 del 25 de junio de 2010.

 POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales,

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÜBLICA DEL PARAGUAY

D E C R E T A:

 Art. 1º.- Modifícase parcialmente el Anexo 2 Lista Básica de Excepciones' del Decreto Nº 8850 del 8 de enero de 2007, conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de este Decreto.

Art. 2°.- Modifícase parcialmente el Anexo 3 'Lista de Bienes de Capital' del Decreto Nº 2339 del 26 de junio de 2009, conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de este Decreto.

Art. 3°.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su fecha de promulgación.

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por los Ministros de Hacienda, de Relaciones Exteriores, de Industria y Comercio y de Agricultura y Ganadería.

Art. 5º.- Comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Oficial.

Fdo.: Fernando Lugo Méndez.
Fdo.: Dionisio Borda.
Fdo.: Héctor Lacognata.
Fdo.: Francisco José Rivas Almada.
Fdo.: Enzo Cardozo.

 

 

ANEXO

MODIFICACIÓN DEL ANEXO 2 DEL DECRETO Nº 8850/07 “LISTA BÁSICA DE EXCEPCIONES”

 

SITUACIÓN ANTERIOR

 

CÓDIGO DESCRIPCIÓN ANV

8415.10.11 Del tipo elementos separados (“Split-system”) 16

 

SITUACIÓN ACTUAL

 

CÓDIGO DESCRIPCIÓN ANV

8415.10.11 Del tipo elementos separados (“Split-system”) 14

 

 

MODIFICACIÓN ANEXO DEL DECRETO Nº 2339/09 “LISTA DE BIENES DE CAPITAL”

 

 

SITUACIÓN ANTERIOR

 

CÓDIGO DESCRIPCIÓN ANV

8415.90.00 Partes 0

 

SITUACIÓN ACTUAL

 

CÓDIGO DESCRIPCIÓN ANV

8415.90.00 Partes 14