RESOLUCIÓN RG Nº 54/15

POR LA CUAL SE PROROGA EL PLAZO PARA PRESENTAR LA INFOMACIÓN REQUERIDA EN LA RESOLUCIÓN GENERAL Nº 51/15

Asunción, 18 de Febrero de 2015

VISTO: La Ley Nº 125/91 “Que establece el Nievo Régimen Tributario”,

La Resolución General Nº 51/15 “Por la cual se disponen medidas administrativas relacionadas con el Impuesto a la Renta del Servicio de Carácter Personal (IRP) del Ejercicio Fiscal 2014”; y,

CONSIDERANDO: Que, la Subsecretaría de Estado de Tributación –(SET) se encuentra encarando una ardua tarea para lograr la formalización del país, y en dicho afán emitió la Resolución General Nº 51/15, en virtud de la cual dispuso que las instituciones públicas y los grandes y medianos contribuyentes informen la nómina dl personal y de los profesionales que hayan percibido sumas superiores a G. 159.190.272 (Guaraníes ciento cincuenta y nueve millones ciento noventa mil doscientos setenta y dos) durante el año 2014, considerando que estas personas pasan a ser contribuyentes del Impuesto a la Renta del Servicio de Carácter Personal, conforme a lo establecido en el Art. 15 de la Ley Nº 2421 y sus modificaciones, y p

or tanto están obligadas a inscribirse en el Registro Único del Contribuyente.

Que, habiendo analizado los pedidos efectuados por los contribuyentes y por el Colegio de Contadores del Paraguay mediante Nota CCP Nº 2/15 para prorrogar el plazo para la presentación de los referidos informes, esta Administración Tributaria considera factible acceder a dicho planeamiento.

Que, la SET cuenta con facultades legales para establecer normas generales para trámites administrativos e impartir instrucciones para a mejor aplicación, percepción y control de los tributos.

Que, la Dirección de Planificación y Técnica Tributaria se ha expedido en los términos del Dictamen DEINT/PN Nº 8/15.

POR TANTO,

LA VICEMINISTRA DE TRIBUTACIÓN

R E S U E LV E:

Art. 1º.- Prorrogar hasta el mes de abril de 2015, el plazo para la presentación de la información requerida a los grandes y medianos contribuyentes y a las instituciones públicas, conforme a lo dispuesto en la Resolución General Nº 51/15.

La prorroga dispuesta en esta Resolución no exime a las personas físicas cuyos ingresos han superado en el año 2014 los G. 159.190.272, de la o9bligaci`´on de inscribirse en el RUC como contribuyentes del IRP y de liquidar y pagar dicho impuesto, como tampoco de la aplicación de las sanciones correspondientes por inscripción tardía o de oficio.

Art. 2º.- Aclarar que los grandes y los medianos contribuyentes y las instituciones públicas que en el año 2014 no hayan abonado a personal alguno retribuciones que superen la suma señalada en el artículo anterior, deberán igualmente comunicar a la SET esta circunstancia, debiendo a tal efecto presentar la planilla a la que hace referencia la Resolución General Nº 51/15, con la leyenda “Sin casos que reportar”.

Art. 3º.- PUBLICAR, comunicar y cumplido archivar.

Fdo.: MARTA GONZÁLEZ AYALA

VICEMINISTRA DE TRIBUTACIÓN