RESOLUCION MTESS N° 1.043/24

POR LA QUE SE EXTIENDE EL PLAZO DEL PERIODO DE REGULARIZACIÓN PREVISTO EN LA RESOLUCIÓN MTESS N° 526/2024 DE FECHA 05 DE JULIO DE 2024, "POR LA CUAL SE ESTABLECE UN PERIODO DE REGULARIZACIÓN SIN MULTAS PARA LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO OBRERO PATRONAL, LAS COMUNICACIONES DE ENTRADA Y SALIDA DE TRABAJADORES, PERMISOS, VACACIONES, AMONESTACIONES, AUSENCIAS, APERCIBIMIENTOS, SUSPENSIONES, PREAVISOS, ACCIDENTES LABORALES, RIESGOS Y ENFERMEDADES PROFESIONALES".

Asunción, 28 de octubre de 2024.

VISTO: el Memorándum DROP N° 223/2024 de fecha 22 de octubre de 2024, de la Dirección de Registro Obrero Patronal, Expediente N° 2024-12015001-009121 de fecha 24 de octubre de 2024, por el cual se eleva a consideración la propuesta de extensión de plazo del periodo de regularización previsto por la Resolución MTESS N° 526/2024 de fecha 05 de julio de 2024; y

CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 5115/2013 establece como uno de los objetivos principales de esta Cartera de Estado es el de velar por la protección de los derechos de los trabajadores (Art. 3° numeral 1), así como la competencia de regular lo relativo al trabajo, el empleo y la seguridad social (Art. 4° numeral 1) y las funciones de dictar normas reglamentarias en el ámbito de su competencia, y de adoptar medidas administrativas para asegurar el cumplimiento de los fines institucionales (Art. 11 numerales 6 y 7).

Que, en fecha 27 de junio de 2024 se emitió el Decreto N° 1989/2024 “POR EL CUAL SE ACTUALIZAN LAS DISPOSICIONES QUE REGULAN LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO OBRERO PATRONAL, LOS DOCUMENTOS Y LIBROS DE TENENCIA OBLIGATORIA, LAS COMUNICACIONES, LA TRANSMISIÓN DE DATOS Y DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS ANTE EL MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL; Y SE ABROGAN EL DECRETO N° 8304 DEL 27 DE DICIEMBRE DE 2017 Y EL DECRETO 9368 DEL 14 DE AGOSTO DE 2018”, y el Art. 23 del Anexo del referido Decreto, dispone: “El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) aplicará las multas previstas en el presente decreto reglamentario y percibirá el importe de las mismas y, en caso de mora, los intereses que correspondan. El Ministerio reglamentará el procedimiento de aplicación y la forma de pago de las multas...", y en su Art. 32 establece: “Autorizase al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) a disponer la entrada en vigencia de las multas establecidas en el presente decreto reglamentario”.

Que, la Resolución MTESS N° 526/2024 de fecha 05 de julio de 2024, “POR LA CUAL SE ESTABLECE UN PERIODO DE REGULARIZACIÓN SIN MULTAS PARA LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO OBRERO PATRONAL, LAS COMUNICACIONES DE ENTRADA Y SALIDA DE TRABAJADORES, PERMISOS, VACACIONES, AMONESTACIONES, AUSENCIAS, APERCIBIMIENTOS, SUSPENSIONES, PREAVISOS, ACCIDENTES LABORALES, RIESGOS Y ENFERMEDADES PROFESIONALES”, había establecido un periodo de 90 días hábiles para la regularización sin multas de la inscripción en el Registro Obrero Patronal de los establecimientos principales y sucursales, las comunicaciones de entrada y salida de trabajadores, permisos, vacaciones, amonestaciones, ausencias, apercibimientos, suspensiones, preaviso, accidentes laborales y enfermedades profesionales, de acuerdo a lo previsto en el Decreto 1989/2024. La vigencia de esta disposición se estableció a partir del 28 de jumo del corriente.

Que, por Memorándum DROP N° 223/2024 de fecha 22 de octubre de 2024, de la Dirección de Registro Obrero Patronal expresa en su parte pertinente: "... a los efectos de informar los resultados de la Campaña de Regularización impulsada por esta Cartera de Estado en virtud a la resolución MTESS N° 526/2024 (...) En tal sentido se ha observado un incremento considerable de las inscripciones patronales, totalizando 13.746 nuevos registros en el periodo de la campaña (...) En consideración de los resultados alcanzados, la campaña puede ser considerada como exitosa. En tal sentido, con el ánimo de seguir fomentando la formalización del empleo, se solicita la extensión de la campaña de regularización impulsada...” (Sic). En el referido memorándum también se expone un cuadro comparativo de las inscripciones patronales en los meses de julio, agosto y setiembre de 2023 y 2024, en el que se verifica que en dichos meses se alcanzó la inscripción de 2931 empleadores en el 2023 y 13746 en el 2024.

Que, según lo informado por la Dirección de Registro Obrero Patronal, en lo relacionado al incremento de la cantidad de inscripciones patronales durante el periodo de regularización establecido en la Resolución MTESS N° 526/2024, lo cual implica la formalización del empleo, se considera que este hecho justifica la extensión de la referida campaña regularizadora para seguir con el periodo de formalización. Por su parte, de las disposiciones legales y reglamentarias derivan las facultades conferidas a esta Cartera de Estado para reglamentar las cuestiones que son de su competencia, como lo relativo a las inscripciones y comunicaciones previstas en el Decreto N° 1989/2024; así como para reglar el procedimiento, la forma y el periodo a partir del cual serán aplicables las multas establecidas en el citado decreto. Entonces, se verifica que existe viabilidad jurídica para la extensión del plazo del periodo de regularización.

Que, por Dictamen DGAJN0 313/2024 de fecha 25 de octubre de 2024, de la Dirección General de Asesoría Jurídica, concluye: “Conforme a las fundamentaciones expuestas esta Asesoría es del criterio que se encuentran dadas las condiciones fácticas y jurídicas para dictar resolución ministerial por la cual se extienda el periodo de regularización que había sido establecido en la Resolución MTESS N° 526/2024”.

Que, el Artículo 11 “FUNCIONES GENERALES” de la Ley N° 5115/2013 establece cuanto sigue: “El/La Ministro/a en las áreas de trabajo, de empleo y de seguridad social, ejercerá las siguientes funciones y atribuciones generales... 7. Adoptar las medidas de administración, coordinación, supervisión y control necesarias para asegurar el cumplimiento de las funciones de su competencia”.

Que, por Decreto N° 2707 de fecha 14 de octubre de 2024 el Viceministro de Trabajo, Señor César Segovia, fue designado Ministro Sustituto del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones;

EL MINISTRO SUSTITUTO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

R E S U E L V E:

Art. 1° DISPONER la extensión del plazo del periodo de regularización establecido en la Resolución MTESS N° 526/2024 de fecha 05 de julio de 2024, “POR LA CUAL SE ESTABLECE UN PERIODO DE REGULARIZACIÓN SIN MULTAS PARA LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO OBRERO PATRONAL, LAS COMUNICACIONES DE ENTRADA Y SALIDA DE TRABAJADORES, PERMISOS, VACACIONES, AMONESTACIONES, AUSENCIAS, APERCIBIMIENTOS, SUSPENSIONES, PREAVISOS, ACCIDENTES LABORALES, RIESGOS Y ENFERMEDADES PROFESIONALES, hasta el 31 de diciembre de 2024.

Art. 2° NOTIFICAR a las áreas que corresponda, cumplido archivar.