Busqueda por Dispocion Ej: 01/53 - Fecha: 1990-02-03

 

INSTRUCTIVO SET Nº 01/09

 

POR EL CUAL SE DEFINEN LOS PROCEDIMIENTOS A SER APLICASOS PARA LAOBTENCIÓN DE LA AUTORIZACIÓN JUDICIAL DE SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES;

EJECUCIÓN DE LA SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES; SUPERVISIÓN DE LOS CASOSDE SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES; Y ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DE

INFORMES SOBRE SUSPENSIÓN DE ACIVIDADES.

 Asunción, 06 de Junio de 2009

 OBJETIVOS:

 *. Establecer el Riesgo Subjetivo entre los contribuyentes y evitar la continuidad de la noentrega de comprobantes de venta y el no sustento de mercaderías en almacenamiento.

 *. Ejecutar la medida de suspensión de actividades comerciales para recabar todos los elementos de juicio que permitan a la Administración Tributaria dar lugar a una fiscalización del estado impositivo en el que opera el comercio intervenido.

 *. Evitar cualquier posibilidad de modificación, ocultación o traslado de los bienes, mercancías y documentaciones, e cuanto a su aserción, omisión, ocultación o maniobra en perjuicio del Fisco.

 *. Permitir a la Administración Tributaria a acelerar el proceso de verificación y poder realizar cortes administrativos.

 *. Verificar la legitimidad de la adquisición, almacenamiento o depósito de mercaderías.

 RESPONSABILIDADES:

 *. Subsecretario de Estado de Tributación: Autorizar los actos Administrativos necesarios para la ejecución de los procedimientos previstos en este instructivo.

 *. Abogacía del Tesoro: Realizar los trámites necesarios ante el Poder Judicial para la obtención de la Autorización Judicial.

 *. Poder Judicial: autorizar la medida.

 *. Auxiliar de Justicia: Ejecutar o notificar la medida Judicial.

 *. Dirección General de Fiscalización Tributaria: Emitir la orden de fiscalización, y realizar la fiscalización correspondiente a su jurisdicción.

 *. Unidad Jeroviaha: Elaborar y elevar al Viceministro la propuesta de suspensión de actividades en base a las infracciones constatadas y consignadas en los papeles de trabajo.

Gestionar la logística necesaria para cada operativo, acompañar las actuaciones del Auxiliar de Justicia, fijar los sellos y carteles en los lugares visibles al público y denunciar a las autoridades competentes situaciones irregulares o los hechos punibles acaecidos durante la operación.

 -. Jefatura: Remitir los antecedentes de los contribuyentes a las autoridades, asignar el

personal que intervendrá en los operativos, dictar el proveído de depósito, requerir la

logística necesaria y coordinar con las demás áreas intervinientes las tareas.

 -. Personal con función de planificación: efectuar el análisis de las operaciones ejecutadas

y derivar al personal de la función jurídica, efectuar la planificación de las operaciones,requiriendo la logística necesaria.

 -. Personal con función jurídica: realizada el informe sobre cada contribuyente infractor enbase a lo consignado en las actas probatorias sugiriendo las medidas que

correspondensegún el marco legal vigente.

 -. Supervisor de operación es: coordinar todas las tareas que se desarrollarán en campo,como la asignación de tareas al personal encargado de efectuar los controles, personal de

apoyo, coordinar la seguridad del operativo con la fuerza pública, la carga – descarga,traslado de las mercaderías hasta los depósitos habilitados por la SET, supervisión de los

registros efectuados en el sistema de gestión y demás tareas propias de la función.

 -. Personal asignado: ejecutar las tareas de control, completar los papeles de trabajo y

registrar el resultado de sus intervenciones en el sistema de gestión.

 DEFINICIONES Y DISPOSICIONES GENERALES

 *. DUJ: Departamento Unidad Jeroviaha

 *. Autorización Judicial: el auto interlocutorio en virtud del cual se autoriza a la SET ahacer uso de la facultad establecida en el Art. 189º Libro V de la Ley 125/91 o el

mandamiento judicial de suspensión de actividades, mediante el cual el juez ordena suejecución.

 *. Auxiliar de Justicia: es el Ujier notificador del Poder Judicial o el Oficial de Justicia.

 *. Sello o Carteles: son las calcomanías o citas que identifican la intervención de la SET  del local comercial.

 Proveído de depósito: acto administrativa por el cual el Jefe del DUJ ordena ordena laconsignación en depósito de las mercaderías que no se encuentran respaldadas

legalmente y habilita al personal a su ejecución.

 *. Levantamiento de la suspensión de actividades: concluido el plazo operará de plenoderecho, salvo que mediare prórroga judicial.

 *. Levantamiento del proveído de depósito: operará de oficio cuando el contribuyentepresente el documento de respaldo o abone el tributo y las multas correspondientes. El

plazo máximo de constitución de depósito será equivalente al proceso de fiscalización.

 *. Mercaderías en almacenamiento: aquellas que se hallen exhibidas para su venta oalmacenadas en los depósitos.

 *. Los papeles de trabajo son:

 -. Acta de Ejecución.

-. Acta de Control de mercaderías en almacenamiento.

-. Proveído de depósito.

-. Acta de entrega y recepción de bienes.

 Que, al constituir la figura de la exportación e Importación Virtual Maquila, un nuevo concepto de comercialización de bienes a nivel local, se hace necesario adecuar la reglamentación respecto al registro y declaración impositiva a de estas operaciones.

 Que , a fin de no distorsionar el sistema tributario en cuanto a la imposición general al consumo en la República, se torna necesario, establecer lineamientos para la correcta aplicación de los créditos fiscales referentes al Impuesto al Valor Agregado y la realidad económica de las operaciones de Exportación – Importación Virtual Maquila.

 POR TANTO, 

EL VICEMINISTRO DE TRIBUTACIÓN

R E S U E L V E:

 Art. 1º.- Disponer que el contribuyente en ocasión de enajenar bienes al amparo del régimen de Exportación – Importación Virtual Maquila, previsto en el Decreto Nº 6.118/11, deberá:

 1..- Consignar en la Factura en la cual se documente, el monto de la operación en la columna de exentas.

 2..- Registrar la operación en su Libro de IVA Ventas con el distintivo de “Maquila Virtual”. En este caso, el adquirente del bien, debe consignarlo con esa misma indicación en su Libro de IVA Compras.

 3..- Declarar la enajenación en el Rubro 1, Inciso g) Campo 16 del Formulario 120.

 Art. 2º.- Aclarar, que la realización de las actividades amparadas bajo el régimen contemplado en el Decreto Nº 6.118/11, no están afectadas al beneficio previsto en el Art. 88 de la Ley 125/91, texto actualizado por la Ley Nº2421/04, por el hecho de no estar contempladas en el Art. 84 de la Ley 125/91, conforme a las consideraciones esgrimidas en el exordio que antecede.

 Art. 3º.- PUBLICAR, comunicar a quienes corresponda y cumplido archivar.

 

Fdo.: GERÓNIMO BELLASSAI BAUDO

VICEMINISTRO DE TRIBUTACIÓN