
POR LA CUAL SE APRUEBA EL FORMULARIO Nº 845 'DECLARACION JURADA RETENCION DE IMPUESTO A LA RENTA-EMPRESAS LOTEADORAS E INTERMEDIARIAS'.
Asunción, 4 de octubre de 1994.
VISTO: Los art. 186o y 189o de la Ley No 125/91 y las Resoluciones No 119/92 y 421/93; y
CONSIDERANDO: Que es necesario simplificar y agilizar el sistema de pago del Impuesto a la Renta retenido a personas físicas propietarios de inmuebles.
Que es facultad de la Administración fijar normas generales y dictar los actos necesarios para la aplicación, administración, percepción, fiscalización de los tributos y habilitar formularios para las declaraciones juradas y pagos.
POR TANTO,
EL VICE-MINISTRO DE TRIBUTACION
R E S U E L V E:
Art. 1º.- Apruébase el formulario Nº 845 Declaración Jurada - Agentes de Retención de Impuesto a la Renta Empresas Loteadoras e Intermediarias', con su respectivo instructivo cuyo uso será obligatorio a partir del primer día del mes calendario inmediato siguiente a la vigencia de la presente Resolución.
Art. 2º.- Comuníquese a quienes corresponda y cumplido archívese.
DR. OSCAR LOPEZ SILVERO
Vice-Ministro de Tributación.