Busqueda por Dispocion Ej: 01/53 - Fecha: 1990-02-03

 

RESOLUCIÓN Nº 68/05

 POR EL CUAL SE APRUEBA EL FORMULARIO Nº 860 - 'IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO' Y SE DEJA SIN EFECTO EL FORMULARIO Nº 802.

Asunción, 3 de febrero de 2005

VISTO: El Articulo 7º de la Ley Nº 2421 del 5 de julio de 2004; el Decreto N° 4344 del 21 de Diciembre de 2004; la Resolución Nº 589 de la fecha 29 de diciembre del 2004, y la Resolución Nº 49/92;y

CONSIDERADO: Que, es necesario aprobar el modelo del formulario para la presentación y pago del impuesto a fin de adecuar a las disposiciones citadas en el visto precedente.

Que el presente acto administrativo se dicta en virtud de las facultades conferidas por la Ley Nº 125/91

POR TANTO,

EL VICEMINISTRO DE TRIBUTACIÓN

R E S U E L V E:

Art. 1º - Aprobar el formulario de declaración jurada que se indica a continuación, cuyo uso será obligatorio a partir de la fecha del presente reglamento:

? Formulario Nº 860 - Impuesto Selectivo al consumo

Cuyo formato y su correspondiente instructivo constan en el anexo de la presente disposición y forman parte de la misma.

Art. 2º - Dejar sin efecto el uso del formulario Nº 802 que fuera aprobado por Resolución Nº 49/92.

Art. 3º - Publicar, comunicar a quienes corresponda y cumplido archivar.

 

ANDREAS NEUFELD TEOWS

Viceministro de Tributación

S.S.E.T PARA LLENAR EL FORMULARIO LEER EL INSTRUCTIVO LOS IMPORTES SE CONSIGNARAN SIN CENTIMOS

Impuesto FORM. N° DE ORDEN IDENTIFICADOR FOLIO

Selectivo al 860 USO INTERNO

Consumo

RAZÓN SOCIAL/PRIMER APELLIDO SEGUNDO APELLIDO

DECLARACIÓN

JURADA NOMBRES

MARCAR CON “X” LO QUE CORRESPONDA: NUMERO DE ORDEN DE LA

01

1

9

02

2

7

DECLARACIÓN QUE SE RECTIFICA

DECLARACIÓN JURADA ORIGINAL (1)

DECLARACIÓN JURADA RECTIFICATIVA (1) 03 5

PARA CONTRIBUYENTES DEL IMPUESTO SELECTIVO AL PERIODO FISCAL DD.JJ EN CARÁCTER DE CLAUSURA o

CONSUMO, EXCEPTO AQUELLOS QUE COMERCIALIZAN MES AÑO CESE DE LA ACTIVIDAD GRAVADA

COMBUSTIBLES DERIVADOS DEL PETRÓLEO. 04 3 (1) 05 3 1

RUBRO 1 - DETALLE DE LOS BASE IMPONIBLE TASA IMPUESTO

BIENES ENAJENADOS DV N° de DV

II Casilla III

SECCIÓN Y NUMERAL

TOTAL 60 4

RUBRO 2 - DETALLE DE ANTICIPOS DEL ISC. IMPORTE

Inc. PARA USO DE EMPRESAS FABRICANTES Columna I Columna II

a Saldo de Anticipos del periodo anterior (Corresponde al monto declarado 61 61 2

en el Inc. j del rubro 2 correspondiente al periodo anterior).

b Monto de Anticipos incluido por compras en el mercado local en concepto de 62 0

adquisiciones de materia prima.

c Monto de Anticipos incluidos por las importaciones gravados por el impuesto 63 9

en concepto de adquisiciones de materia prima.

d Monto de los anticipos del ISC incluido en las materias primas utilizadas en la 64 7

fabricación de productos enajenados en el mercado local.

e Monto de los anticipos del ISC incluido en las materias primas utilizadas en la 65 5

fabricación de productos enajenados en el mercado internacional.

f Subtotal (suma de Inc. d + e a Col. I a ser trasladados al Rubro 3 Inc. e)

(suma de Inc. a + b + c + a Col II).

g Remanente de los anticipos del ISC incluido en las materias primas utilizadas

en la fabricación de productos enajenados en el mercado internacional, cuya 66 3

devolución o reembolso será solicitada a través de Certificados de Créditos.

h Anticipos por materias primas que no serán utilizables dentro del proceso 67 1

productivo (enajenación de materia prima, obsolescencia u otras causas).

i Total de Anticipos utilizados en el periodo (Inc. f + g + h a Col. I) 68 5

j Saldo a favor del contribuyente a trasladarse en el siguiente periodo fiscal. 69 8

(Inc. f Col. II menos Inc. i Col. I).

FORM 860 INFORMACIÓN PARA LA CAJA TOTAL QUE SE PAGA (en letras): ……………..………

TOTAL QUE SE PAGA. _______________ 95 7 ..........……………………………………………………….

Marque con “X” en esta casilla, una sola forma de pago CERTIFICACIÓN Y SELLO DE CAJA

EFECTIVO

CHEQUE C/BCO COBRADOR

CHEQUE C/OTRO BCO

OTRO TIPO DE PAGO (Habilitado por la S.S.E.T.)

Describir la forma de Pago

…………………………………………………………………

N° BCO/ENTIDAD SUCURSAL

Importante: este formulario será válido únicamente con la impresión de la certificadora, sello y firma del ………………………………… ..……………………….. ……..……………… cajero.

RUBRO 3 - LIQUIDACIÓN Y SALDO DEL IMPUESTO A FAVOR DE

Inc. CONTRIBUYENTE I FISCO

a Impuesto Liquidado (Rubro 1 Col. III - Casilla 60) 70

b Saldo a favor del periodo anterior 71 5

c Retenciones del Impuesto Selectivo al Consumo a favor computables 72 8

d Pago Previo 73 6

e Anticipos ISC (Rubro 2 Inciso f - Col. I) 74 4

f Multa por presentar la declaración jurada con posterioridad al vencimiento 75

g Subtotal (Inc. b + c + d + e a Col. I ; Inc. a + f a Col. II)

h Saldo a favor del contribuyente (Cuando la Col. I sea mayor que la Col. II en 76 0

el Inc. g)

i Saldo a favor del fisco (Cuando la Col. II sea mayor que la Col. I en el Inc. g) 77

j Multa por Mora 78

k Intereses 79

l Pago realizado mediante certificados de crédito expedido por la S.S.E.T. 80 9

 

m Subtotal (Inc. I a Col. I, Inc. i + j + k a Col. II)

 

n Saldo a favor del contribuyente para el siguiente periodo 81 7

(cuando Col. I es mayor a Col. II en el Inc. m)

o Saldo definitivo a favor del fisco 82

(cuando Col. II es mayor a Col. I en el Inc. m)

Inc. RUBRO 4 - INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA IMPORTE

a Monto Total de Compras en el mercado local por productos gravados por el impuesto, en concepto de 101

materias primas.

b Monto Total de las importaciones gravadas por el impuesto, en concepto de materias primas 102

c Monto de las enajenaciones de materia prima sin su transformación en productos terminados, en el perio- 103

do que se declara.

d Monto de las materias primas que no serán utilizables dentro del proceso productivo por obsolescencia u 104

otras causas.

e Monto de las operaciones de exportación de productos fabricados, en el periodo que se declara. 105

f Total (suma de Inc. a + b + c + d + e) 106

RUBRO 5 - INFORMACIÓN PARA USO DE CERTIFICADOS DE CRÉDITOS

Número de Recibo expedido por el Dpto. de Crédito Tributario 107

Lugar y fecha de expedición Nombre y apellido del funcionario responsable Firma y Sello

El que suscribe, Don …………………………………………… en su carácter de

………………………………… con Documento N° ……………., declara que los

datos consignados en los formularios son correctos y que han sido confeccio-

nados sin omitir dato alguno que deba contener, siendo fiel expresión de la

verdad.

LUGAR Y FECHA

FIRMA

INSTRUCTIVO PARA LA UTILIZACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA

IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO - FORMULARIO 860

Deben utilizar la declaración jurada formulario 860 los contribuyentes que realicen importaciones de bienes y efectúen la primera enajenación de bienes consumados en el artículo 106 Secciones I, II, III y V de la Ley 125/91 y actualizada con la Ley 2421/04.

PRESENTACIÓN Y PAGO: Se deberá efectuar en el Sistema de Red de Cobranzas (Bancos, Financieras, Municipalidades y otros) autorizados a recibir las Declaraciones Juradas y a cobrar los Tributos respectivos o en aquellas dependencias de la Subsecretaría de Estado de Tributación que estén habilitadas para ello.

OBLIGATORIEDAD DE PRESENTACIÓN: La obligación de presentar la declaración jurada subsiste aún cuando en el periodo fiscal declarado no hubiere existido movimiento alguno.

Los fabricantes que enajenen exclusivamente juguetes y/o instrumentos musicales que por disposición legal tienen TASA 0 (CERO) y mientras subsista dicha alícuota, quedan eximidos de la obligación formal de presentar mensualmente la Declaración Jurada.

CANTIDAD Y DESTINO DE LAS COPIAS: La declaración jurada se llenará por duplicado: original para la S.S.E.T., duplicado para el contribuyente y talón para el banco o unidad receptora.

NÚMERO DE ORDEN: Deberá respetarse el número de orden preimpreso en el original, duplicado y talón para el banco, utilizando siempre formularios con números coincidentes y sin raspaduras ni enmiendas.

A fin del correcto llenado de la declaración jurada, resulta indispensable que los datos consignados en la misma se encuentren sustentados en los registros correspondientes.

LLENADO DEL FORMULARIO

El formulario debe ser llenado a máquina o con letra de imprenta.

DATOS REFERENCIALES: Se consignará en los casilleros respectivos el identificador RUC, la razón social o los apellidos y nombres correspondientes, transcribiendo los datos contenidos en la Cédula Tributaria y se indicará si la declaración jurada es original o rectificativa de otra anteriormente presentada correspondiendo en este último caso especificar también el número de orden del formulario que se rectifica.

PERIODO FISCAL: Dado que el impuesto se liquidará mensualmente, se deberá indicar el mes y año al cual corresponde la información que se declara (Ej..: “01” “2005”).

DECLARACIÓN JURADA EN CARÁCTER DE CLAUSURA O CESE: Se deberá marcar la casilla cuando el contribuyente proceda al cese de actividades por el impuesto que se declara en el mes que corresponda e iniciará los trámites para la cancelación de la obligación.

RUBRO 1: DETALLE DE BIENES ENAJENADOS Y DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO

Deberá identificar el tipo de producto enajenado, según la lista que se detalla adjunto e indicar en el formulario la Sección y Numeral y el Digito Verificador que corresponda según el siguiente cuadro:

Detalle de los Bienes gravados para pago en el formulario 860

RUBRO 1 - DETALLE DE LOS BIENES ENAJENA- DOS

DV

TASA

NRO. CASILLA

DV

 

SECCIÓN Y NUMERAL

       

SECCIÓN I

         

Cigarrillos perfumados o elaborados con tabaco rubio egipcio o turco, virginia y similares

11

6

12%

111

2

Cigarrillos en general no comprendidos en el numeral anterior.

12

4

12%

121

5

Cigarros de cualquier clase.

13

2

12%

131

7

Tabaco negro o rubio, picado o en otra forma, excepto el tabaco en hojas.

14

0

10%

141

4

Tabaco elaborado, picado, en hebra, en polvo (rapé), o en cualquier otra forma.

15

9

10%

151

1

SECCIÓN II

         

Bebidas gaseosas sin alcohol, dulces o no, y en general bebidas no especificadas sin alcohol o con un máximo de 2% de alcohol.

21

3

5%

211

9

Jugo de frutas sin alcohol o con un máximo de 2% de alcohol.

22

1

5%

221

6

Cervezas en general.

23

5

8%

231

3

Coñac artificial y destilado, ginebra, ron, cocktail, caña y aguardiente no especificados.

24

8

10%

241

0

Producto de licorería, anís, bitter, amargo, fernet y sus similares: vermouths, ponches, licores en general.

25

6

10%

251

8

Sidras y vinos de frutas en general, espumantes o no: vinos espumantes, vinos o mostos alcoholizados o concentrados y misteles.

26

4

10%

261

5

Vino dulce natural de jugos de uvas (tinto, rosado o blanco, exceptuando los endulzados).

27

2

10%

271

2

Vino dulce (inclusive vino natural endulzado), vinos de postres, vinos de frutas no espumantes y demás vinos artificiales en general.

28

0

10%

281

5

Champagne, y equivalente.

29

9

12%

291

7

Whisky

210

0

10%

299

2

SECCIÓN III

         

Alcohol desnaturalizado

31

0

10%

311

5

Alcoholes rectificados

32

9

10%

321

2

Líquidos alcohólicos no especificados

33

7

10%

331

3

(*) Alcohol anhídrido o absoluto y alcohol rectificado desnaturalizado, exclusivamente por carburante nacional.

34

5

5%

341

9

(*) Alcohol desnaturalizado

35

3

5%

351

4

(*) Alcohol rectificado

36

1

10%