POR LA CUAL SE AMPLIA LA RESOLUCION No 110/92 "POR LA CUAL SE ESTABLECEN NORMAS PARA LA RUBRICACION DE LIBROS Y DOCUMENTOS QUE SEÑALA".
Asunción 19 de febrero de 1993
VISTO: La Resolución No 110 de fecha 15 de septiembre de 1992; y,
CONSIDERANDO: Que la referida Resolución establece las normas para la rubricaron de los libros y documentos conforme a lo dispuesto en el artículo 192 numeral 1 inciso a) de la Ley N° 125/91.
Que atendiendo razones de administración tributaria resulta aconsejable la rubricaron de los libros de uso y destino de los bienes incorporados bajo el beneficio de la Ley No 60/90.
Que en consecuencia corresponde ampliar las normas impartidas sobre rubricaron de libros y documentos que debe utilizarse para respaldar las transacciones que realicen los contribuyentes.
POR TANTO,
EL SUB SECRETARIO DE ESTADO DE TRIBUTACION
R E S U E L V E:
Art. 1º.- Agréguese el inciso d) al artículo 1o de la Resolución No 110/92, el que quedará redactado de la siguiente manera:
d) Libro de uso y destino de los bienes incorporados bajo el beneficio de la Ley No 60/90.
Art. 2º.- Comuníquese a quienes corresponda y cumplido archívese.
RUBEN RAMON LOVERA
Sub Secretario de Estado de Tributación