Busqueda por Dispocion Ej: 01/53 - Fecha: 1990-02-03

 

DECRETO Nº 11.978/01

 POR EL CUAL SE MODIFICA EL ARTÍCULO 4° DEL DECRETO N° 11.976 DE FECHA 26 DE ENERO DE 2.001, 'POR EL CUAL SE FIJA NUEVO PRECIO DE VENTA AL PÚBLICO DEL GASOIL, SE SUSPENDE PARCIALMENTE LOS EFECTOS DEL DECRETO N° 10.911/00 Y SE REGLAMENTA LA APLICACIÓN DE IMPUESTOS Y PORCENTAJES DE BONIFICACIONES'.

Asunción, 26 de enero de 2001

VISTOS: El Decreto N° 9.483/00 'Por el cual se deja sin efecto el Decreto N° 9.260 de fecha 20 de junio de 2.000 y se fijan nuevas tasas para el Impuesto Selectivo al Consumo del Gas Oil'.

El Decreto 11.976 de fecha 26 de enero de 2.001 'Por el cual se fija nuevo precio de venta al público del Gasoil, se suspende parcialmente los efectos del Decreto N° 10.912/00 y se reglamenta la aplicación de impuestos y porcentajes de bonificaciones'.

CONSIDERANDO: Que el artículo 106 de la Ley N° 125/91 faculta al Poder Ejecutivo a fijar tasas diferenciales para los distintos tipos de productos derivados del petróleo.

POR TANTO , en ejercicio de sus facultades constitucionales,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY

D E C R E T A:

Modificado y suspendido su aplicación según artículo 1 del Decreto N° 19.990/02

Nueva redacción dada por el artículo 1 del Decreto Nº 19.990/02

ART. 1º.- Modificase el artículo 4 del Decreto N° 11.976 del 26 de enero de 2.001, que queda redactado como sigue: (Modificado y suspendido su aplicación según artículo 1º del Decreto N° 19.990/02)

'Fijase la Tasa del Impuesto Selectivo al Consumo del Gas Oil en 14,10% (catorce por ciento con 10/100) que se aplicará sobre el precio final del Gas Oil en las bocas de venta al público'.

ART. 2º .- Derógase el Artículo 3° y 4° del Decreto 11.976 del 26 de enero de 2.001 .

ART. 3º.- Suspéndase los efectos del artículo 51 del Decreto N° 10.911 del 25 de octubre de 2.000.

ART. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Hacienda.

ART. 5º.- Comuníquese, publíquese y dése al Registro Oficial.

El Presidente de la República.

Luis Ángel González Macchi

 

Alcides Jiménez

Ministro de Hacienda