
“QUE MODIFICA PARCIALMENTE LA RESOLUCIÓN N° 6.608/10 ‘POR LA CUAL SE ESTABLECE EL MARCO GENERAL DE REGULACIÓN Y SUPERVISIÓN DE LAS COOPERATIVAS ESPECIALIZADAS DE VIVIENDA’”.--
Asunción, 12 de setiembre de 2.011.-
VISTO: La Resolución N° 6.608/10, de fecha 16 de diciembre de 2.010, “POR LA CUAL SE ESTABLECE EL MARCO GENERAL DE REGULACIÓN Y SUPERVISIÓN DE LAS COOPERATIVAS ESPECIALIZADAS DE VIVIENDA”; y,
CONSIDERANDO: Que, el “visto” de la referida resolución hace mención de las normativas que le sirven de marco para la regulación de las Cooperativas Especializadas de Vivienda y, en dicho contexto, alude a la Ley N° 118/90 “QUE CREA LA ENTIDAD AUTÁRQUICA ‘CONSEJO NACIONAL DE LA VIVIENDA (CONAVI)’ Y ESTABLECE SU CARTA ORGÁNICA”, actualmente ya sin vigencia en virtud de la promulgación de la Ley N° 3.909/10 “QUE CREA LA SECRETARÍA NACIONAL DE LA VIVIENDA Y EL HÁBITAT (SENAVITAT)”.
Que, por su parte, el texto del artículo 5°, “Indicadores Financieros”, del Capítulo III del Anexo de la Resolución N° 6.608/10, hace remisión errónea a los incisos del artículo 2° de la resolución, cuando resulta claro a simple vista que debió referirse a los incisos i) y j) del artículo 3°, “Operaciones Admitidas”, de ese mismo Anexo.
Que, el artículo 5° de la Ley 2.157/03 confiere al INCOOP, entre otras, las facultades de dictar resoluciones generales, en concordancia con las disposiciones legales vigentes en materia de Cooperativas, así como promover su perfeccionamiento; por cuanto, resulta necesario modificar los aludidos textos de la Resolución N° 6.608/10 y su Anexo, ajustándolos de conformidad con los argumentos precedentemente expuestos.
POR TANTO, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 2.157/03, en sesión ordinaria de fecha 6 de setiembre de 2.011, asentada en el Acta N° 390/2.011 el;
CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE COOPERATIVISMO
R E S U E L V E:
1°. MODIFICAR el “Visto” de la Resolución INCOOP N° 6.608/10, cuyo texto en adelante queda redactado como sigue:
“VISTO: Las disposiciones contenidas en la Ley Nº 438/94 “Que Regula la Constitución, Organización y Funcionamiento de las Cooperativas y del Sector Cooperativo”; en el Decreto Nº 14.052/96 “Por el Cual se Reglamenta la Ley Nº 438/94 De Cooperativas, de fecha 21 de octubre de 1994”; en la Ley Nº 2.157/03 “Que Regula el Funcionamiento del Instituto Nacional de Cooperativismo y establece su Carta Orgánica”; en la Ley Nº 2.329/03 “Que establece el Marco de Administración de las Cooperativas de Vivienda y el Fondo para Viviendas Cooperativas”; en el Decreto Nº 11.465/07 “Por el Cual se Reglamenta la Ley Nº 2.329/03 del 12 de diciembre de 2003 ‘Que establece el Marco de Administración de las Cooperativas de Vivienda y el Fondo para Viviendas Cooperativas’”; en la Ley Nº 3.909/10 “Que
Crea la Secretaría Nacional de la Vivienda y el Hábitat (SENAVITAT)”; en la Resolución INCOOP Nº 499/04 “Por la cual se establece el Marco General de Regulación y Supervisión de Cooperativas”; y”.
2°. MODIFICAR el artículo 5°, “Indicadores Financieros”, del Anexo de la Resolución INCOOP N° 6.608/10, cuyo texto en adelante queda redactado como sigue:
“Art. 5°. Indicadores Financieros. Quedan eximidas las Cooperativas Especializadas de Vivienda, de la obligación de cumplir los indicadores financieros y demás regulaciones incompatibles con la naturaleza de este tipo de cooperativas, salvo las que realicen las actividades contempladas en los incisos i) y j) del artículo 3° de este Anexo”.
3°. COMUNICAR a quienes corresponda y, cumplida, archivar.
FDO: Ing. Antonio Ortíz Guanes
(Presidente del Consejo Directivo).
Abog. Andreas Ens
(Miembro del Consejo Directivo),
Lic. Valentín Galeano
(Miembro del Consejo Directivo),
Lic. Alberto Mareco
(Miembro del Consejo Directivo),
Lic. Pedro Löblein
(Miembro del Consejo Directivo),